Condenado por la muerte de una trabajadora que no estaba dada de alta
La mujer cobraba un euro por cada saco de naranjas que recogía
Un juez de Sevilla ha condenado a dos años y medio de cárcel a un empresario por la muerte en el 20 de una trabajadora durante la recogida de naranjas, y al pago de una indemnización de 174.881 euros para las dos hijas de la fallecida, que no estaba dada de alta y cobraba un euro por saco. En una sentencia recurrible, el juzgado de lo penal 1 de Sevilla condena a Pedro R.L. por un delito contra los derechos de los trabajadores, por otro de homicidio imprudente y por lesiones imprudentes.
La mujer, Carmen Bernal, no había sido dada de alta en la Seguridad Social, cobraba un euro por saco de naranjas y murió después de caer de la escalera a la que se había subido para coger las frutas amargas en una calle de Triana. Otro empleado, John Fernando González Posada, sufrió heridas en otro accidente laboral ocurrido horas después y sufrió la rotura de una muñeca.
El juzgado también condena al empresario a 4 años y 6 meses de inhabilitación especial para el ejercicio de cualquier profesión u oficio de carácter agrícola. Si el empresario no puede pagar la indemnización fijada deberá abonarla subsidiariamente el Ayuntamiento de Sevilla porque permitió la recogida de naranjas a pesar de que había caducado la licencia para esa labor, según el juez Antonio Jesús Jiménez Álvarez.
En los hechos probados, el juez explica que el 16 de diciembre de 2010, el Ayuntamiento de Sevilla concedió al empresario una licencia de uso común especial y le autorizó para la recogida y aprovechamiento del fruto de los naranjos amargos de la vía pública del distrito Triana-Los Remedios. Para ello, el empresario depositó el 22 de diciembre de 2010 una fianza de 1.800 euros y concertó un seguro de responsabilidad civil general con la entidad Mapfre para responder de daños a terceros y en bienes municipales.
La licencia caducó el 30 de enero de 2011 y no se renovó, a pesar de lo cual el empresario continuó con la recogida de las naranjas con el conocimiento y consentimiento del Ayuntamiento, que siguió verificando el cumplimiento de las condiciones de la recogida, según la sentencia.