Diari Més

Un juez obliga a la DGP a pagar por baja y secuelas a un agente lesionado en acto de servicio

En el 2013 la Generalitat se negó a pagar subsidiariamente la indemnización que tenía que recibir un mosso que fue embestido por un vehículo entre Valls y Tarragona

Imagen de un mosso d'esquadra en acto de servicio.

Un juez obliga la DGP a pagar por baja y secuelas un agente lesionado en acto de servicioMossos d'Esquadra

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Una sentencia emitida por el Juzgado Contencioso de Barcelona ha reconocido el derecho de los agentes lesionados en acto de servicio a ser indemnizados tanto por días de baja como por las secuelas. El sindicato USPAC inició este proceso judicial en razón de unos hechos ocurridos en el 2013, cuando un agente en acto de servicio fue embestido por un vehículo indemne entre Valls y Tarragona conducido por unos individuos que lo habían robado en Valls y estampado contra un establecimiento de Vilallonga del Camp para robar la caja registradora. El Juzgado condenó al autor, por un delito de lesiones, a indemnizar al agente con 1.860 euros por días de baja y 1.000 por las secuelas. Finalmente el delincuente fue declarado insolvente y el agente lesionado reclamó subsidiariamente a la Generalitat, la cual se negó a pagar.

Según USPAC, dado que recientemente había varías sentencias que obligaban a indemnizar en los agentes, la Dirección General de la Policía optó al principio de año por modificar su criterio I la Ley de Policía 10/1994 «con el fin de no pagar». En la modificación se indica que únicamente se abonan las secuelas, ya que «si se pagara la indemnización fijada en Sentencia, por días de baja, supondría un enriquecimiento injusto del agente».

El mismo sindicato también denuncia que cuando un Letrado de la Generalitat defiende un agente en vía penal le dice al Mosso D'Esquadra que no reclame a la DGP la indemnización por días de baja en caso de insolvencia. Además también denuncia que «hay un interés manifiesto por parte de los servicios jurídicos de la Generalitat y la DPG en que el agente sea indemnizado con la menor cantidad posible en un procedimiento penal», ya que si el condenado es insolvente es la Generalitat quién lo tiene que pagar.

En la sentencia el Juzgado Contencioso de Barcelona tumba el nuevo criterio de la DGP, ya que la sentencia indica que el agente que sufre lesiones en acto de servicio tiene que ser indemnizado por el total que figure en Sentencia, tanto días de baja como secuelas. Por otra parte, el Juzgado también dice que el argumento de la administración para no pagar las lesiones es «falaz e inexacto».

Esta es la primera sentencia ganada por el USPAC desde la modificación realizada por el Gobierno, de la cual otros agentes lesionados en acto de servicio podrán hacer extensión de efectos.

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