El Tribunal Constitucional suspende la Ley de Transitoriedad catalana
La decisión se ha adoptado por unanimidad, y se ha sumado una nueva advertencia dirigida a los miembros del Gobierno y de la Mesa
El Tribunal Constitucional ha suspendido este martes de forma cautelar la Ley de Transitoriedad catalana después de admitir el recurso del Ejecutivo central, una decisión adoptada por unanimidad a la cual se ha sumado una nueva advertencia dirigida a los miembros del Gobierno y de la Mesa del Parlamento, entre otros. Los magistrados se han ocupado también en el pleno de esta mañana de otro recurso, el presentado por el Gobierno contra la ley de Hacienda catalana, el código tributario, recurso que también han admitido a trámite de manera unánime, de manera que esta ley también ha quedado provisionalmente suspendida.
Se trata de la ley 17/2017 del código tributario, algunas de las disposiciones de la cual, según el recurso, pretenden vulnerar las competencias exclusivas del Estado para la garantía de la igualdad de todos los españoles en materia de legislación civil, hacienda y administraciones públicas. La norma tributaria catalana persigue, en último término, impulsar a una Hacienda propia para Cataluña. Con respecto a la Ley de Transitoriedad aprobada por el parlamento catalán pretende convertir Cataluña en una República.
La suspensión del Constitucional es provisional pero, una vez más, los magistrados han querido recordar que tiene plena vigencia y es de cumplimiento obligado bajo advertencia de cometer delito. Así, han notificado personalmente la resolución al Presidente de la Generalitat de Catalunya, a todos los miembros del Consejo de Gobierno, al secretario del Gobierno de Cataluña, a la Presidenta del Parlament de Catalunya y a todos los miembros de la Mesa del Parlament de Catalunya.
También han advertido al letrado mayor del Parlament de Catalunya, al secretario general del Parlament de Catalunya, al cabo del Departamento de Publicaciones y a la técnica de coordinación de la producción de publicaciones del Departamento de Ediciones, todos ellos del Parlament de Catalunya. También a los miembros de la Sindicatura Electoral de Cataluña y a los síndicos de los territorios de Arán, Barcelona, Girona, Lleida y Tarragona, titulares y suplentes. Se trata de los juristas encargados del seguimiento de la convocatoria independentista del 1 de octubre.
El Pleno los advierte todos ellos de su deber de «impedir o paralizar cualquier iniciativa que suponga ignorar o eludir la suspensión acordada». En particular, les recuerda que tienen que abstenerse de «iniciar, tramitar, informar o dictar ningún acuerdo en orden de la ejecución de las previsiones contenidas a la ley impugnada o que promuevan o tramiten actuación y ninguna norma dirigida con esta finalidad». Todo eso, «apercebint-los de la nulidad radical de tales actuaciones y de las eventuales responsabilidades, incluida la penal, en las que pudieran incurrir en caso de desobediencia de este requerimiento».
Moncloa considera que la Ley de Transitoriedad es «la mayor ofensa y amenaza» en las bases sobre las que se asienta la convivencia en España desde 1978 y el «mayor ataque concebible» a los valores democráticos. El recurso del abogado del Estado sostiene también que el contenido de esta norma es «propio de un régimen autocrático sin una mínima separación de poderes».
El Gobierno presentó el lunes su recurso contra la Ley de Transitoriedad catalana, pero el pleno se aplazó a esta mañana porque era festivo en Cataluña y cualquier resolución no podía ser notificada.
La suspensión supone que la Ley de Transitoriedad, pensada para articular la transición hacia la independencia en caso de la cual se celebrara el referéndum del 1 de octubre y triunfara el sí, no estará vigente en el momento en el cual tendría que operar, pues ha quedado anulada durante cinco meses y mientras no resuelva el alto tribunal sobre el fondo del recurso.