Judicial
Condenado a 2 años y medio de prisión el exboxeador que apaleó y amenazó a su pareja
La sentencia lo absuelve de un delito de abusos sexuales ya que no considera probado que ella accediera a mantener relaciones porque le tenía miedo
La Audiencia de Girona ha condenado a 2 años, seis meses y un día de prisión al exboxeador que apaleó y amenazó a su pareja en Sils, Selva. Los hechos que ahora se han sentenciado tuvieron lugar a finales de abril del 2013. El tribunal concluye que el acusado, Miguel Hernández, agredió a la mujer después de mantener relaciones sexuales. La cogió por el cuello, le dio puñetazos por todo el cuerpo, la hizo ir por el suelo y la pinchó con un cuchillo. La sentencia, sin embargo, no considera probado que el acusado forzara a la víctima a irse a la cama con él y que la mujer hubiera accedido porque le tenía miedo. La Audiencia condena Hernández por maltratos, lesiones y amenazas. Le aplica los agravantes de reincidencia y parentesco, pero también le estima las atenuantes de alteración psíquica y dilaciones indebidas. Además de la prisión, el exboxeador tendrá que indemnizar a la víctima con 350 euros y no se podrá acercar durante cinco años y medio.
Los hechos que ahora la Audiencia de Girona ha sentenciado tuvieron lugar la noche del 24 al 25 de abril del 2013. Entonces, el procesado, que había sido boxeador profesional, hacía un mes que convivía con la víctima en una casa de la urbanización de Vallcanera.
Según recoge la sentencia, aquella tarde la pareja fue a un baile de jubilados y a un bar del pueblo. Allí, los dos discutieron –porque Hernández había bebido en exceso- y el exboxeador le mordió la oreja a la víctima.
Ya de noche, cuando estaban en casa, la pareja mantuvo relaciones sexuales. Pero después, y a raíz de los hechos de aquella tarde, se volvieron a pelear. Fue entonces cuando el exboxeador apaleó a la mujer. Según recoge la sentencia, «la cogió con fuerza por el cuello », le dio «puñetazos por todo el cuerpo», «le tiró del pelo» y «la agredió con un cuchillo». Además, después la amenazó poniéndole el arma en el cuello mientras le seguía dando golpes en el estómago, que la hicieron doblar y caer al suelo.
A raíz de eso, a la víctima le salieron diversos morados y hematomas. Al día siguiente por la mañana, el exboxeador la volvió a amenazar, diciéndole que le haría más daño si lo explicaba a alguien de su familia. La mujer, según recoge la sentencia, estaba tan atemorizada que se marchó a Málaga a vivir en casa de unos parientes.
El fiscal pedía que se condenara el exboxeador a una pena de 10 años y 9 meses de prisión. A los delitos de maltrato, lesiones y amenazas, la acusación pública también sumaba el de abuso sexual (para el cual solicitaba 7 años). Sostenía que, aquella noche, la víctima había accedido a mantener relaciones con Miguel Hernández porque le tenía miedo.
La Audiencia, sin embargo, concluye que el exboxeador no forzó a su pareja. Y para probarlo, se remite a lo qué declaró la misma víctima durante el juicio, diciendo que accedió a irse a la cama con él «por pesado». Por eso, el tribunal subraya que consintió a mantener relaciones «por temor a que la agrediera físicamente» si se negaba.
5 años y medio de alejamiento
La sentencia, de la cual ha sido ponente el magistrado Francisco Orti, sí que considera probados el resto de delitos. Es decir, los de maltratos y amenazas en el ámbito de la violencia de género y el de lesiones. A la hora de imponer la pena, la Audiencia aplica a Miguel Hernández dos agravantes: uno de reincidencia (ya que tiene antecedentes por violencia de género) y el de parentesco (porque en el momento de los hechos, él y la víctima eran pareja).
Por otra parte, sin embargo, la sentencia estima al procesado dos atenuantes. Una de dilaciones indebidas (porque el caso ha tardado años a llegar a juicio) y otra de alteración psíquica (porque el acusado sufre depresión y deterioro cognitivo generado a raíz de los años de boxeo y consumo de tóxicos).
El tribunal condena a Miquel Hernández a una pena global de 2 años, seis meses y un día de prisión. Además, también le impone la prohibición de acercarse a menos de 500 metros de la víctima durante 5 años, seis meses y un día.
En materia de responsabilidad civil, la Audiencia de Girona obliga Hernández, que ahora tiene 65 años, a indemnizar a la mujer con 350 euros por las lesiones. No le impone, sin embargo, como solicitaba el fiscal, que tenga que pagar 6.000 euros por daños morales (ya que considera que en el juicio no quedó demostrado que la víctima hubiera sufrido).