Televisión
Acusan RTVE de falta de rigor por el tratamiento de 'Tabàrnia'
Lo concluye un informe del CAC, enviado a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia
El Consejo del Audiovisual de Cataluña (CAC) considera que la emisión en directo de la rueda de prensa de Albert Boadella al programa 'La mañana en 24H', del 'Canal 24 Horas', de la Corporación RTVE, el pasado 6 de febrero, tenía «una falta de cuidado en la aplicación del rigor que es exigible en un canal público de información». Así lo ha concluido el CAC en un acuerdo que ha tomado y que envió el Acuerdo a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia. De hecho, ha señalado que podría llevar|traer a la confusión «dado que se presenta a un personaje público, Albert Boadella, como un cargo público constituido, cuando no lo es, y Tabàrnia, como una entidad formal, cuando esta no es su naturaleza».
El Pleno del CAC aprobó un acuerdo relativo a la emisión de la rueda de prensa de Boadella. En este caso, se ha explicado en un comunicado, el CAC actuó de oficio porque entraron dos quejas de particulares. Las quejas, entre otros aspectos, criticaban que se cortara una rueda de prensa del ministro de Fomento, Íñigo de la Serna, al cual informaba de un nuevo servicio de trenes de alta velocidad abajo coste para dar paso a la rueda de prensa «de un actor que habla en nombre de una comunidad ficticia». También se consideraba «muy grave que el teleinformativo de una televisión pública se refiera a Albert Boadella como «Presidente de Tabarnia» «ya que ni ha sido elegido democráticamente ni existe Tabarnia».
El análisis realizado por el CAC, según el acuerdo, ha constatado que el programa 'La mañana en 24H' incluyó cinco chyrons (letrero que se sobreimprime en pantalla para identificar a las personas) y una voz en off que hacían referencia a Boadella como «presidente de Tabarnia», sin ninguna otra aclaración o consideración; dos chyrons y cinco voces en off, donde se lo presenta como «portavoz» o «presidente de la plataforma Tabarnia»; y tres chyrons y ocho voces en off en que se califica Tabarnia de «plataforma».
Según el Acuerdo, tal como ha informado el CAC, «esta terminología puede generar confusión, dado que se presenta a un personaje público, Albert Boadella, como un cargo público constituido, cuando no lo es, y Tabarnia, como una entidad formal, cuando esta no es su naturaleza». En este sentido, se constata «una falta de cuidado en la aplicación del rigor que es exigible en un canal público de información». En consecuencia, el CAC considera que al programa mencionado hay contenidos que son «susceptibles de generar confusión en las personas teleespectadoras y que podrían no ajustarse a los criterios y las pautas de actuación que establecen» tanto el mandato marco de la Corporación RTVE, como el Estatuto de la información de la Corporación RTVE y las recomendaciones de su Manual de estilo.
El CAC decidió enviar el Acuerdo, que fue aprobado con cinco votos a favor y uno en contra con voto particular, a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, «a los efectos oportunos».
Actuación policial a las proximidades de la Sagrada Familia
El Pleno también aprobó un acuerdo relativo a una noticia sobre una actuación policial realizada en las proximidades del templo de la Sagrada Familia, emitida por TV3 y el Canal 3/24 el 12 de septiembre de 2017. La noticia hacía referencia a la activación de una alerta antiterrorista que obligó a desalojar el templo y varias calles y equipamientos adyacentes. El CAC actuó a raíz de una queja presentada por SOS Racismo Cataluña, en el que señalaba que en las imágenes emitidas se podía observar una furgoneta estacionada, que fue la que originó la alarma, y la detención de su propietario, un joven de origen magrebí.
El CAC ha constatado que tanto TV3 como el Canal 3/24 «rectificaron las informaciones originales y afirmaron que se trataba de una falsa alarma y que no había ninguna persona detenida». Sin embargo, en el caso del Canal 3/24, ha añadido el CAC, «mientras la presentadora decía que no había ningún detenido, las imágenes mostraban un plano, desde una posición lejana, de una persona esposada y del agente que la custodiaba».
El CAC ha concluido que la CCMA se ajustó a los parámetros establecidos por la normativa de protección del derecho en la propia imagen y, en consecuencia, no se produjo una vulneración de la legislación en materia de comunicación audiovisual. No obstante, según el acuerdo, la emisión de la noticia «no observó las recomendaciones dirigidas a los profesionales de la información audiovisual sobre el tratamiento informativo de la inmigración». En un segundo punto, el CAC ha recordado a la CCMA «la necesidad de asegurarse de no aplicar recursos audiovisuales, como el zoom, que puedan comportar el reconocimiento, aunque sólo esté en un círculo próximo, de personas afectadas y/o implicadas en la investigación de acontecimientos de especial sensibilización para la opinión pública».
Violencia machista
El tercer acuerdo del CAC tiene que ver con el debate 'Agresores sexuales: ¿es posible la reinserción'? correspondiendo al programa 'Ahora iy Aquí' emitido el 13 de ener por el prestador público Corporación RTVE, S. A., en la desconexión para Cataluña, a raíz de una queja enviada desde la Plataforma Unitaria contra las Violencias de Género. El CAC ha constatado que en el tratamiento de la violencia machista se aprecia que «algunos de los elementos emitidos podrían contribuir a la banalización y la espectacularización, contraviniendo», en este sentido, tanto el Manual de Estilo de la Corporación RTVE como las Recomendaciones sobre el tratamiento de la violencia machista a los medios de comunicación del CAC.