El Audència mantiene la libertad para el guardia civil de 'La Mandada' que intentó renovar el pasaporte
Los magistrados del tribunal navarro, por mayoría de dos contra uno, rechazan su ingreso en la prisión provisional
La Sección Segunda de la Audiencia de Navarra ha rechazado, en un acta hecha pública este martes, el reingreso en la prisión solicitado por la fiscalía y las acusaciones de uno de los cinco condenados a 9 años por un delito continuado de abuso sexual en el caso de 'La Mandada', A. M. G. E., el guardia civil que intentó renovar el pasaporte a pesar de tenerlo expresamente prohibido por decisión de este mismo tribunal, según ha informado el TSJ de Navarra. La resolución cuenta con el voto particular discrepando del presidente de la Sección Segunda de la Audiencia, que aboga por el encarcelamiento del condenado al estimar que rompió la medida cautelar impuesta en el acta dictada el pasado 21 de junio.
La fiscalía, la acusación particular, ejercida por la joven que denunció la violación, y las dos acciones populares —Ayuntamiento de Pamplona y gobierno de Navarra—, consideraron en una vista celebrada el 5 de julio que el intento de renovación del pasaporte constituía un intento de rotura de una de las medidas cautelares fijadas por la Sección Segunda en su resolución del 21 de junio y, por lo tanto, el condenado tendría que ingresar en la prisión por riesgo de fuga. La defensa, por su parte, se opuso y reclamó el mantenimiento de la situación de libertad.
Los cinco condenados quedaron en libertad el 22 de junio, el día siguiente del acta notificada por el tribunal, después de abonar a cada uno los 6.000 euros de fianza impuesta para eludir la prórroga de la prisión provisional. Esta decisión también contó con el voto particular del presidente de la Sección Segunda, que se mostró partidario de la prórroga de la prisión hasta la mitad de la pena impuesta, 4 años y 6 meses.
Entre otras medidas cautelares, además del depósito de la fianza, el tribunal impuso a los condenados la obligación de comparecer los lunes, miércoles y viernes en el juzgado de guardia su localidad de residencia, la prohibición de acceder a la Comunidad de Madrid –lugar de residencia de la denunciante–, la prohibición de comunicación con la víctima por cualquier medio o procedimiento, la retirada del pasaporte y la prohibición de obtenerlo en un futuro, la prohibición de salir del territorio nacional sin autorización judicial, la designación de un domicilio donde puedan ser encontrados, así como un teléfono de contacto, con la advertencia expresa que en el caso de no ser localizados en estos domicilios, inmediatamente se expedirá la correspondiente requisitoria (orden de busca y captura).