Policial
Multado un camionero al superar nueve veces la tasa de alcohol permitida
Dio como resultado una tasa de alcohol en aire espirado de 1,33 mg/l, cuando el límite para profesionales es de 0,15 mg/l
El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 de Plasència, Cáceres, ha condenado a un camionero a ocho meses de multa y a la privación del derecho de conducir vehículos de motor y ciclomotores durante 20 meses por superar nueve veces la tasa de alcohol permitida a conductores profesionales.
La sentencia judicial lo considera autor criminalmente responsable de un delito contra la seguridad vial en su modalidad de conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas y también lo condena al pago de los costes procesales causados, según ha informado este jueves a la Guardia Civil en un comunicado.
El pasado 20 de agosto los agentes interceptaron el vehículo articulado que conducía a la altura del kilómetro 427 de la autovía A-66 (Gijón-Sevilla), en el término municipal de Baños de Montemayor, en sentido en Andalucía. Un usuario de la vía llamó por teléfono al 112 para alertar de que un camión circulaba de manera anómala, invadiendo los dos carriles de circulación.
Después de detener el vehículo, la Guardia Civil procedió a la realización de las correspondientes pruebas de detección de bebidas alcohólicas en el conductor, un hombre de 48 años de nacionalidad brasileña, que dio como resultado una tasa de alcohol en aire espirado de 1,33 miligramos por litro (mg/l), El camionero conducía superando nueve veces los límites de alcohol legalmente establecidos para conductores profesionales (0,15 mg/l en aire espirado), por lo cual la Guardia Civil procedió a su inmediata detención como supuesto autor de un delito contra la seguridad vial.