El Supremo defiende que el Estado puede intervenir las cuentas de la Generalitat «sin el paraguas» del 155
Argumenta que la intervención fue «legal, proporcionada y adecuada a la finalidad que perseguía»
La Sección Tercera de la Sala Contenciosa-Administrativa del Tribunal Supremo ha hecho pública la sentencia a través de la que rechaza dos recursos presentados por la Generalitat contra la decisión del gobierno de Mariano Rajoy de intervenir las cuentas el septiembre pasado. La decisión –tomada por unanimidad- se dio a conocer el 2 de octubre pero ahora los magistrados argumentan el rechazo. Por una parte, la sentencia concluye que el Estado puede intervenir las cuentas de la Generalitat «sin el paraguas» del 155. También añade que la Generalitat, por el hecho de estar adherida en el Fondo de Liquidez Autonómico (FLA) está sometida a mecanismos de control si incumple el plan|plano de ajuste y apunta que la intervención fue «legal, proporcionada y adecuada a la finalidad que perseguía».
Los recursos pedían dejar en suspense los dos acuerdos de la Comisión delegada de Asuntos Económicos y la orden del Ministerio de Hacienda que acordaban la no disponibilidad de créditos presupuestarios a la Generalitat. Lo que, en la práctica, supuso la intervención total de las cuentas del Gobierno con el objetivo que se desviaran fondos al proceso y a la organización del referéndum del 1-O. En los recursos, cuestionaban la legalidad de esta intervención y que se hubiera tomado antes de aplicar el 155.
En la sentencia, los magistrados argumentan que las medidas tomadas por el gobierno de Rajoy son ajustadas a ley «proporcionadas» y tumban los recursos de la Generalitat. Por una parte, argumentan que la Generalitat estaba adherida al FLA y que, por lo tanto, tenía que cumplir el plan de ajuste. Según la sentencia, el Gobierno incumplió este plany eso «ampara» la aplicación de mecanismos de control con el objetivo que el dinero que proviene del FLA se destinen a los objetivos que marca el mismo fondo.
Además, argumenta que estas medidas de intervención financieras no se tienen que tomar debajo el paraguas del 155 y que, por lo tanto, defiende que el gobierno de Rajoy actuó bien. «El control y garantía de gestión para aplicar los fondos obtenidos a las finalidades presupuestaria en una comunidad que ha incumplido el plan de ajuste no tiene por qué seguir el artículo 155», establece el texto.