Diari Més

Archivada la causa por encubrimiento contra los acompañantes de Puigdemont cuando fue detenido en Alemania

El magistrado pregunta a la fiscalía si procede dictar una orden de búsqueda internacional contra Matamala porque no ha prestado declaración

Carles Puigdemont.

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El juez de la Audiencia Nacional Diego de Egeo ha archivado provisionalmente la investigación por un delito de encubrimiento contra los cuatro acompañantes del expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont cuando fue detenido en Alemania. Los cuatro acompañantes son dos mossos d'esquadra, el historiador Josep Lluís Alay y el empresario y amigo personal de Puigdemont Josep Maria Matamala. Sobre este último, el magistrado de la Audiencia Nacional ha preguntado en la fiscalía si procede dictar una orden de búsqueda internacional, detención y presentación, dado que no ha prestado declaración durante la instrucción de la causa.

Con respecto a los dos agentes de los Mossos D'Esquadra, el magistrado concluye, una vez analizado los hechos, que se encontraban de permiso de sus actividades laborales el día de la detención de Puigdemont, el pasado 25 de marzo. Teniendo en cuenta eso y que Alay no tiene condición de funcionario público, el magistrado concluye que los tres investigados se encontraban fuera del ejercicio de sus funciones públicas en el momento de los hechos.

Además, De Egeo señala que de la instrucción se deduce que ninguno de los cuatro investigados tenía conocimiento del activicació de la orden europea de detención contra Puigdemont, al que acompañaban «por simples relaciones de amistad». El juez también constata el estancia de los investigados en Alemania el 25 de marzo, «no existiendo indicios racionales que tuvieran conocimiento de la existencia del orden europa de detención y entrega que fue emitida el 23 de marzo del 2018 por los tribunales españoles».

El juez recuerda que en el delito de encubrimiento «es preciso el luto consistente al actuar con el conocimiento de la comisión del delito previo», así como «la finalidad de impedir el descubrimiento del delito». De Egeo añade, citando jurisprudencia del Tribunal Supremo, que no es suficiente con la simple sospecha o presunción, sino un conocimiento de la transgresión punible cometido. «No se incurre en este delito, pues, cuando los hechos se cometen por imprudencia, descuido o negligencia», concluye.

En el caso de Josep Maria Matamala, el juez pregunta en la fiscalía si quiere que se proceda a una orden de búsqueda internacional, detención y presentación, ya que es lo único de los cuatro que no se ha presentado a declarar. Los otros tres lo hicieron el 4 de junio pasado. Si el ministerio público pidiera la orden y el juez la dictara, se reabriría la causa contra él.

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