Sociedad
El Supremo rectifica y obliga al cliente a pagar el impuesto de las hipotecas
El pleno desestima los tres recursos y vuelve a la doctrina de febrero
El pleno de la Sala Tercera del Tribunal Supremo ha acordado por 15 votos en 13 que sean los clientes quien paguen el impuesto de las hipotecas. Los magistrados, después de dos días de deliberación, han dado la razón a la banca y han decidido rechazar los tres recursos que tenían sobre la mesa. Por lo tanto, el Supremo vuelve a la doctrina vigente hasta febrero, que determinaba que el impuesto lo pagaban los clientes. Eso supone tirar por el suelo las sentencias del pasado octubre, que suponían un giro de 180 grados y daban la razón al cliente haciendo pagar este importe a los bancos. El presidente de la Sala, Luís María Picazo, decidió frenar la aplicación de estas sentencias y llevar este caso al pleno. Los argumentos de la sentencia se darán a conocer en los próximos días.
Después de 16 horas de deliberaciones a la Sala Tercera del Tribunal Supremo, los 28 magistrados han votado y han decidido volver al criterio que se había aplicado durante más de 20 años y que pasaba para hacer pagar el impuesto de actos jurídicos documentados al cliente. Esta situación se cambió en octubre, cuando la sección segunda dictó tres sentencias que determinaban que el impuesto se tenía que grabar en los bancos.
Las sentencias, idénticas todas, daban la razón a la entidad municipal de vivienda del ayuntamiento madrileño de RivasVaciamadridy concluían que tenían que pagar este impuesto los bancos. La decisión, que se hizo pública el 18 de octubre, supuso untrasiego para la banca y los seis bancos españoles delÍbex35 perdieron más de 5.300MEURen bolsa aquel mismo día.
No habían pasado ni 24 horas cuando el presidente de la Sala Tercera, Luís María Díez-Picazo, emitió un comunicado donde decidía parar la aplicación de estas sentencias y traía la decisión al pleno. Reconocía que lo hacía porque la sentencia suponía un «giro radical» en la jurisprudencia y suponía una «enorme repercusión económica y social».
Incluso la máxima autoridad judicial, el presidente del Supremo y del CGPJ, CarlosLesmes, salió a pedir disculpas a los ciudadanos, reconoció que el caso había hecho daño a la reputación del tribunal y criticó que Díez-Picazo decidiera hacer un pleno si ya había tres sentencias dictadas. SegúnLesmes, habría que haber hecho sólo una nota aclarando algunos aspectos pero el presidente de la Sala Tercera no le hizo caso.
Marcha atrás a pesar de tener sentencias firmes
Las tres sentencias de octubre eran firmes y estaban debidamente notificadas. Anulaban el artículo del reglamento del impuesto (que establecía que el cliente es el sujeto pasivo del impuesto) por ser contrario a la ley. Sin embargo, el presidente de la Sala Tercera decidió elevar el caso en el pleno, para determinar qué jurisprudencia se daba por buena, si la que se había usado durante años y que el mismo Supremo había confirmado en sentencias en febrero (que lo pagaban los clientes) o si el cambio de criterio fijado en las tres sentencias de octubre (pagaba el banco).
Durante estas semanas hasta la celebración del pleno, este impuesto ha quedado sumido en la inseguridad jurídica y miles de ciudadanos con hipotecas pendientes de firmar han parado los trámites. También tenían los ojos fijados en la decisión del Supremo aquellos que habían firmado la hipoteca en los últimos años, para saber –en caso de establecerse- quéretroactividad se aplicaría si se mantenía que el impuesto lo pagaba el banco.
Desde el gobierno español, la ministra de Hacienda, Maria Jesús Montero, avanzaba a primera hora de la mañana que –en caso de mantenerse que lo pagan los bancos- el impacto para las comunidades autónomas si tenían que devolver el impuesto de las hipotecas firmadas en los últimos cuatro años se elevaría a los 5.000MEURy podía afectar en cuatro o cinco décimas el déficit.
Votación ajustada a favor de la banca
Al final, todas estas dudas se han desvanecido y el Supremo ha reculado y ha decidido volver al criterio aplicado desde hace más de 20 años, echando por tierra las tres sentencias de octubre. En una votación muy ajustada –y por sólo dos votos de diferencia- los magistrados han decidido recular y no aplicar el cambio que sus mismos compañeros de la sección segunda habían marcado a través de tres sentencias firmes, notificadas y debidamentepublicitades.
Lo han hecho desestimando tres recursos que se habían traído al pleno, y que también eran de la entidad municipal de vivienda de RivasVaciamadrid. En un breve comunicado, el Supremo confirma el resultado de la votación y que se vuelve al criterio de considerar que el sujeto pasivo del impuesto –y, por lo tanto, quién lo tiene que pagar- es el prestatario. Apuntan también que el texto de las tres sentencias que rechazan los recursos se dará a conocer en los próximos días. Será entonces el momento de conocer como argumentan los jueces un nuevo cambio de criterio.