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Estrasburgo da la razón a Otegi y dictamina que la Audiencia Nacional violó su derecho a un juicio justo

El dirigente de EH Bildu y cuatro demandantes más denunciaron al Tribunal Europeo de Derechos Humanos los jueces que los enviaron a prisión por falta de imparcialidad

Arnaldo Otegi, en una imagen de archivo.

Estrasburgo da la razón a Otegi y dictamina que la Audiencia Nacional violó su derecho a un juicio justoACN

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El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha dado la razón a Arnaldo Otegi y cuatro demandantes más dictaminando que la Audiencia Nacional violó su derecho a un juicio justo en España. El tribunal con sede en Estrasburgo ha determinado este martes que el alto tribunal español violó el artículo 6.1 del Convenio Europeo de Derechos Humanos sobre el «Derecho a un proceso equitativo» cuando se los juzgó y envió a prisión por el caso 'Bateragune'. Los cinco demandantes alegaban que los magistrados de la Audiencia Nacional que les juzgaron no fueron imparciales en su juicio. Actualmente, los condenados ya han cumplido las penas y se encuentran en libertad. En el caso de Otegi, el dirigente de EH Bildu fue sentenciado a dos años de prisión en este proceso.

El tribunal de Estrasburgo ha considerado en su sentencia que había «un temor legítimo» a qué la sala que los juzgó fuera parcial porque la jueza Ángela Murillo ya «había utilizado públicamente expresiones que implicaban que ya se había formado una visión desfavorable del caso» en un procedimiento judicial anterior. El TEDH estima pues que su participación en un nuevo juicio con Otegi relacionado con ETA fue «claramente incompatible».

«El comportamiento anterior de la jueza presidenta (así como la posterior anulación de la sentencia del Tribunal Supremo) podrían justificar objetivamente los temores del resto de solicitantes con respecto a su imparcialidad», asegura la sentencia. En consecuencia, el tribunal ha dictaminado que la Audiencia Nacional violó su derecho a un juicio justo.

De hecho, los jueces de Estrasburgo estipulan que la jueza Murillo tenía «prejuicios» con Otegi «por lo que pensaba que podía ser algún tipo de afinidad con la organización terrorista ETA», y el nuevo juicio volvía a tener «ETA y las actividades terroristas como elemento central». Por lo tanto, el TEDH considera «inevitable» que la presencia de la jueza generara «dudas» sobre su «imparcialidad».

Sin indemnización

El TEDH ha rechazado de forma mayoritaria y con sólo un voto en contra la demanda de indemnización el sindicalista vasco Rafel Diez. El tribunal ha considerado que hay vías legales en España para revisar las sentencias en caso de que Estrasburgo dictamine una violación de la Convención de Derechos Humanos. Por eso, ha decidido que la constatación de esta violación «es suficientemente satisfactoria», una visión que no ha compartido la jueza suiza Helen Keller. Según esta, dejar en manos de la justicia española este procedimiento es «insatisfactorio» porque retrasa todavía más «la posibilidad de reparaciones cuando el solicitante ya ha pasado más de seis años de prisión y ha esperado más de siete para obtener el reconocimiento de la violación». «El tiempo siempre es precioso en la vida, pero todavía es más valioso si tenemos en cuenta que el solicitante nació en 1956 y quiere participar en la vida política de España», afirma la jueza que menciona las inhabilitaciones en su argumentación.

El proceso 'Bateragune'

'Bateragune', en vasco 'punto de encuentro', es el nombre con que se conoce el proceso judicial contra varios miembros de la izquierda abertzale -entre los cuales los demandantes Arnaldo Otegi, Sonia Jacinto, Rafa Díez, Miren Zabaleta y Arkaitz Rodríguez- por «integración en organización terrorista» bajo la acusación de intentar reconstruir Batasuno para formar una alianza independentista siguiendo órdenes de ETA.

Entre los jueces que los condenaron a todos ellos a prisión está Ángela Murillo, la misma jueza que en un proceso anterior, en el 2010, había condenado Otegi por su participación en un homenaje a un etarra. Durante aquel juicio, Murillo, Presidenta de la Sección Cuarta de la Audiencia Nacional, preguntó a Otegi si condenaba el terrorismo de ETA. Ante su negativa a contestar, ella dijo: «Ya sabía yo que no me respondería a esta pregunta».

A raíz de estos hechos, Otegi recurrió al Tribunal Supremo y este manifestó, cómo sostenía él, que las declaraciones de Murillo generaban posibles prejuicios. Así, el Supremo declaró nula la sentencia de la Audiencia Nacional y ordenó un nuevo juicio con un tribunal diferente. Otegi fue finalmente absuelto el 22 de julio del 2011.

Con la decisión del Supremo en la mano, Otegi intentó mediante un proceso de recusación que se apartara del caso Bateragune a Murillo y los otros dos magistrados que lo condenaron en el juicio anterior, Teresa Palacios y Juan Francisco Martel.

Pero una sala especial de la Audiencia Nacional rechazó la recusación y Murillo, Palacios y Martel declararon culpables a Otegi y el resto de demandantes, que han cumplido las penas de prisión correspondientes y han intentado sin éxito apelar a diferentes instancias en el Estado, hasta llegar a Estrasburgo, que ahora les ha dado la razón.

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