El Supremo deniega de nuevo las peticiones de libertad de los presos independentistas y ve intensificado el riesgo de huida
Los magistrados dicen que su caso no se puede equiparar al de disidente kurdo Demirtas
El tribunal que juzgará el 1-O ha rechazado este lunes las peticiones de liberación o de medidas alternativas que habían solicitado las defensas de los nueve presos independentistas aduciendo que se ha intensificado el riesgo de huida por «la existencia a fuera del territorio español de estructuras de poder organizadas» por parte de los líderes independentistas que están en el exterior. Además, los magistrados niegan que se pueda comparar este caso con el del disidente kurdo Selahattin Demirtas, a quien el Tribunal de Estrasburgo ha dado la razón en una sentencia dictada en noviembre del 2018. Además, los jueces niegan que este sea un juicio político. «No existe una persecución por las ideas ni se criminaliza una ideología», sostienen.
En un auto de 14 páginas, los magistrados rechazan las peticiones de las defensas, que además de pedir la liberación provisional de sus clientes o medidas alternativas en la prisión argumentaban que la Sala Segunda del Supremo no había motivado lo suficiente su decisión anterior de no permitir la liberación provisional.
Según el Supremo, la adopción de medidas alternativas en la prisión puede propiciar la huida de los líderes independentistas porque –tal como ya constaba al auto del 26 de julio del 2018- «las firmas diarias pueden dejar de ser diarias en el instante que el firmante decide emprender la huida» y «los dispositivos de rastreo telemático atenúan su eficacia en un ámbito donde rige la libertad de fronteras y la libre circulación de las personas».
Creen que el riesgo de huida se ha intensificado
En este sentido, los magistrados sostienen que el riesgo de huida se ha incrementado por la existencia de estas «estructuras de poder organizadas» en el exterior. «De hecho, algunas autoridades y miembros actuales del Gobierno y del Parlament de Catalunya se han desplazado para mantener reuniones con las personas integrantes de estas estructuras, algunas de ellas también procesadas en esta causa y declaradas en rebeldía», sostienen.
Según los magistrados, «esta realidad intensifica claramente el riesgo de huida, porque pone de manifiesto la existencia de cierta infraestructura en el extranjero que podría facilitar la huida de los procesados».
La sala también rechaza la comparación que las defensas hicieron con el caso Demitras, encarcelado en Turquía a pesar de la condena del Tribunal Europeo de los Derechos Humanos. Según el Supremo, al contrario que en el caso de Demitras, los procesados del 1-O «no expresaban la voz silenciada discrepante ante una política hegemónica que se impone sin contrapesos, sino que se encontraban plenamente integrados en las estructuras de ejercicio del poder autonómico».
«No existe persecución por las ideas»
Además, los jueces niegan que este sea un juicio político. En este caso, aseguran, «no existe una persecución por las ideas ni se criminaliza una ideología». «No está en cuestión una manera de pensar, una concepción rupturista de las relaciones entre los poderes del Estado» sostienen, «y el día a decir de la actividad política enseña la libertad con las que estas ideas sueño defendidas a las instituciones y a los foros nacionales e internacionales de debate político».