El TC deniega de nuevo suspender la prisión provisional de Sànchez, Rull y Turull
Rechaza que se los pueda aplicar la jurisprudencia del Tribunal Europeo de los Derechos Humanos sobre el opositor kurdo encarcelado en Turquía Selahattin Demirtas
El pleno del Tribunal Constitucional ha acordado por unanimidad denegar de nuevo la petición de las defensas de Jordi Sànchez, Josep Rull y Jordi turull para que se suspenda cautelarmente la orden de prisión provisional contra ellos. En dos autos adelantados antes de dar a conocer completamente las sentencias, los magistrados insisten en los argumentos que ya dieron diciembre del 2018, cuando apuntaron que sus casos no son comparable en el del opositor turco Selahattin Demirtas, y por lo tanto no se les puede aplicar la resolución del Tribunal Europeo de los Derechos Humanos (TEDH) que condenó Turquía. La defensa reclamaba al Tribunal Constitucional que levantara cautelarmente la medida de prisión comunicada y sin fianza ratificada por la Sala de Recursos del Tribunal Supremo el 20 de marzo del 2018.
El TC ya rechazó una primera petición en este sentido el 20 de diciembre del 2018, aduciendo que la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) no se puede considerar una «circunstancia sobrevenida» y que, por lo tanto, no altera los fundamentos de decisiones previas que ya había tomado el tribunal.
Ahora los magistrados insisten en esta dirección y añaden, además, que el caso Demirtas no es firme y está pendiente de decisión por parte de la Sala Grande del Tribunal Europeo de los Derechos Humanos». Por eso acuerdan «denegar la petición de suspensión de las resoluciones impugnadas».
En marzo y en septiembre del 2018 el pleno del TC ya había rechazado también la medida cautelar de libertad y había confirmado la prisión provisional de Sànchez, Rull y Turull. La defensa presentó una ampliación del escrito el 26 de noviembre, después de conocer la sentencia de Estrasburgo sobre Demirtas.
Las defensas de Sànchez, igual que las de Rull y Turull, pedían su libertad inmediata y la «total rehabilitación» de su derecho político, dada la supuesta «analogía» entre los dos casos. Los tres están suspendidos tempoalment como diputados por orden del Tribunal Supremo.
En su primera decisión, sin embargo, el TC aseguró que la sentencia del Tribunal Europeo de los Derechos Humanos sobre Demirtas hace referencia a un procedimiento en lo que «ni el Estado español ni el recurrente han sido parte» y, por lo tanto, cree que la sentencia que invoca la defensa de Sànchez no se le puede aplicar.