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El TC determina que el pleno del 6 y 7 de septiembre de 2017 vulneró derechos de los diputados

Cs había recurrido los acuerdos de tramitación de las leyes de referéndum y de transitoriedad jurídica

Imagen exterior del Tribunal Constitucional.

El TC suspende cautelarmente la moción del Parlamento que ratifica los objetivos políticos del 9-NACN

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El Tribunal Constitucional ha sentenciado que durante el pleno del Parlament del 6 y 7 de septiembre de 2017 se vulneraron derechos de los diputados. Cs denunció varios acuerdos de la Mesa y la Junta de Portavoces de la cámara catalana que facilitaron la tramitación de las leyes del referéndum y de transitoriedad jurídica y ahora el TC los ha dado amparo y ha determinado que se vulneraron los derechos a «ejercer las funciones representativas». La diputada de Cs Lorena Roldán ha celebrado este martes la resolución y que se haya constatado que los grupos independentistas y la Mesa «retorcieron de manera fraudulenta el reglamento para poder saltarse la Constitución y pisar millones de catalanes».

El pleno del TC ha concedido el amparo solicitado por Cs al entender que los acuerdos que se tomaron aquellos días vulneraron sus derechos y recuerda que las leyes del referéndum y de transitoriedad jurídica ya fueron declaradas inconstitucionales. El alto tribunal considera que la negativa de remitir los textos al Consejo de Garantías Estatutarias para que emitiera un dictamen afectó «al núcleo de la función representativa parlamentaria». También esgrime que ambas leyes se llevaron a votación alterando el orden del día de lleno sin que «hubiera culminado su tramitación legislativa previa» y argumenta que si se permitiera este procedimiento, por el cual sólo hace falta el voto de la mayoría, para llevar normativas al pleno, se estaría vulnerando la capacidad decisoria del resto de grupos y, por lo tanto, de las minorías.

La sentencia llega en pleno juicio del 1-O en el Tribunal Supremo, donde la expresidenta del Parlament Carme Forcadell ha defendido que cumplió el reglamento en el desarrollo de los plenos que han motivado la sentencia.

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