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La fiscalía recurre el tercer grado de Oriol Pujol

El ministerio público recuerda que el condenado a dos años y medio de prisión sólo ha pasado dos meses entre rejas y que delinquió por «pura codicia y avaricia»

Oriol Pujol saliendo por la puerta de la prisión de Brians 2 con dos personas más.

Oriol Pujol sale de la prisión de Brians 2 en régimen de tercer gradoACN

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La fiscalía ha presentado un recurso para revertir la concesión del tercer grado penitenciario a Oriol Pujol, condenado a dos años y medio de prisión por el 'caso ITV' al considerar que eso puede dar la sensación a la población en general que a los delincuentes de 'cuello blanco' les «es rentable delinquir». Pujol ingresó el 17 de enero en la prisión de Brians y salió el 29 de marzo, después de que la Junta de Tratamiento y la Secretaría de Servicios Penitenciarios lo clasificaran directamente en tercer grado, cosa que le permite pasar todos los días laborables fuera del centro, y sólo dormir, y estar todo el fin de semana fuera de prisión.

En un largo escrito de 16 páginas dirigido al juzgado de vigilancia penitenciaria número 2, el ministerio público recuerda que Pujol cumplirá una cuarta parte de la pena el próximo mes de agosto, las tres cuartas partes en noviembre del 2020 y la libertad definitiva en julio del 2021. Por eso, considera «imposible» que en dos meses en la prisión haya podido seguir un tratamiento adecuado y haber obtenido resultados positivos para cambiar su «conducta». El fiscal asegura que es más complicado cambiar la actitud de un delincuente, como Pujol, que ha cometido delitos durante al menos dos años, del 2010 en el 2012, que un delincuente puntual. Y añade que con el tercer grado será casi imposible seguir ningún tratamiento penitenciario. También recuerda que la mujer de Pujol colaboró en el delito, y que tanto su padre como la mayor parte de sus hermanos, y el matrimonio mismo, están investigados en la Audiencia Nacional por delitos económicos.

Así, cree que la confesión de los delitos por parte de Pujol ya le permitió reducir su pena y la de su mujer, y ahora no puede comportar otra rebaja del castigo. También considera que el supuesto arrepentimiento por el delito cometido quizás no es real, sino que se refiere a sus consecuencias penales, familiares y sociales. De hecho, el fiscal dice que Pujol «partía de una posición privilegiada derivada de su proyección política desde joven», pero la vida actual es consecuencia de sus actos delictivos.

En este sentido, recuerda que la concesión directa del tercer grado penitenciario, en vez del segundo, el ordinario, tiene que ser «excepcional» según la ley. Por eso, añade que darle el tercer grado directamente iría en contra de restablecer la confianza de la ciudadanía en la justicia y los políticos. De hecho, recuerda que la Constitución y la ley prevén que las penas de prisión tienen que cumplir la finalidad retributiva, la resocialización, la reeducación y la prevención. Según el fiscal, ninguna de las finalidades se ha cumplido, y por lo tanto no se puede conceder el régimen de semilibertad.

Sobre los argumentos utilizados por la Junta de Tratamiento para recomendar el tercer grado, al fiscal les rebate uno a uno. El ingreso voluntario a prisión recuerda que es el más habitual en la mayoría de presos, y que Pujol quería evitar la estigmatización de una detención policial. Sobre el hecho de que sea la primera condena, el fiscal recuerda que el delito se cometió durante dos años, que paró de cometerlo no por propia voluntad sino porque la justicia lo descubrió, y que todavía está siendo investigado por la Audiencia Nacional.

La resocialización en una familia estructurada tampoco es del todo bien valorada por el fiscal, recordando que buena parte de sus miembros tienen problemas con la justicia. «El retorno a un determinado entorno social y a esta familia n puede ser considerado como un elemento contenedor, sino que más bien como un factor de riesgo», «asegura». Así, compara la situación de Pujol con un ladrón, a quien difícilmente se concedería el tercer grado si su familia también robara. De hecho, considera «todavía más reprobable» que esta conducta proceda de un «entorno social privilegiado» con una «situación socialmente reconocida y económicamente favorable», ya que los delitos se cometieron por su «afán de lucro, con un alto grado de codicia y avaricia». Por eso, cree que el entorno social favorable no es un elemento que tenga que favorecer el tercer grado, porque ya existía cuando Pujol delinquió, cosa que supone un alto riesgo de reincidencia.

Sobre el tratamiento de moral y valores que ha seguido en la prisión, recuerda que los trabajadores penitenciarios dicen que Pujol mantiene un rol de «liderazgo», una «tendencia a situarse de forma asimétrica, en ascendencia», cosa que ven positivo, pero el fiscal dice que esta «minusvaloració de los otros, esta ascendencia social y laboral» fueron la base para cometer los delitos. Por eso, y para tratar los «importantes y complicados déficits» que Pujol presenta, el fiscal cree que tiene que seguir el programa durante más tiempo.

En resumen, considera que «el trato privilegiado que esperaba y ha recibido al interno, mediante la clasificación inicial en tercer grado, no hace más que reforzar su falta de arrepentimiento real por la comisión del delito» y «transmite a la sociedad un mensaje muy peligroso que es rentable delinquir, por el escaso cumplimiento efectivo de la pena y que la ley no es igual para todos».

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