Diari Més

El Supremo rechaza la petición de Sànchez, Rull y Turull de hacer campaña durante los recesos del juicio

Argumenta que permitir ruedas de prensa durante los descansos convertiría el tribunal en «una administración electoral paralela»

Plano general del banquillo de los acusados al juicio del 1-O que se celebra en el Tribunal Supremo.

Plano general del banquillo de los acusados al juicio del 1-O que se celebra en el Tribunal Supremo.Senyal Tribunal Suprem

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El Tribunal Supremo ha rechazado la petición de Jordi Sànchez, Josep Rull y Jordi Turull (los tres cabezas de lista de JxCat el 28-A) de tener permisos para salir de la prisión para hacer campaña y también, subsidiariamente, poder aprovechar los recesos del juicio para conceder entrevistas o hacer ruedas de prensa. Los magistrados recuerdan que se presentaron a las elecciones cuando ya estando privados de libertad y en medio de un juicio y que eso no los «imposibilidad» de ser escogidos. Sobre la petición de hacer campaña en los descansos, remarca que los recesos «forman parte del acto del juicio» y que tienen que servir para descansar y alertan de que, si lo permitieran, se alteraría la custodia del edificio convirtiendo el tribunal «en una administración electoral paralela» con respecto a unos candidatos concretos. La fiscalía también se había opuesto a la petición.

El tribunal ha descartado la petición de la defensa de darles permisos de salida de prisión para ir a actos de su candidatura y recuerdan que la Ley general penitenciaria prevé estos permisos extraordinarios ante un hecho que afecte a un familiar del interno (como muerte, enfermedad grave o nacimiento) y que, fuera de esta previsión, sólo se permite por «importantes y comprobados motivos», pero con «excepcionalidad».

Así, la sala considera que la condición de candidatos a las elecciones de los tres «no es un acontecimiento inesperado y extraordinario», sino que es una «decisión libre y voluntaria» que toman ya en situación de prisión provisional. Para el tribunal, «pudieron prever las restricciones» que la situación de prisión implicada para la actividad relacionada con la campaña electoral. «La proclamación como candidato de una persona privada de libertad, cuando esta restricción no es sobrevenida, sino preexistente, obliga al partido político que lo decide a aceptar la singularidad que este hecho determina», concluye.

Subsidiariamente, la defensa pedía que los tres candidatos presos pudieran hacer entrevistas y ruedas de prensa o grabar spots electorales durante los remansos del juicio y al inicio de las sesiones. La sala, sin embargo, remarca que los remansos «forman parte del acto procesar del juicio oral» y que son para «posibilitar el descanso de los propios acusados y permitir que acudan a las sesiones en las mejor condiciones para ejercer su derecho de defensa».

En este sentido, el tribunal considera que «no es posible fragmentar el carácter unitario» del juicio, al que los procesados están sujetos de forma «integral». Los recesos, añaden, «no son más que una consecuencia necesaria» de lo que pasa en la sala de vistas.

La sala también asegura que ha está haciendo una «interpretación flexible» que permite a los acusados a «tener ciertos espacios y momentos de comunicación durante los recesos», de manera que tiene «sentido» que en estos remansos puedan hablar con sus abogados, «ya que guarda una estrechísima relación con el desarrollo del juicio».

Sin embargo, el tribunal intenta como una «cuestión diferente» que se pida una autorización «abierta, genérica» permitir comunicación de los acusados con terceras, ya que que puedan hacer entrevistas, ruedas de prensa o grabar spots «incidiría de manera patente sobre las condiciones de custodia» en la sede judicial. «I su desarrollo en varios momentos del día nos convertiría –indebidamente, por otra parte- en una administración electoral paralela con respecto a un número concreto de candidatos», añaden al auto.

El tribunal coincide con la fiscalía que Sànchez, Turull y Rull se han incorporado a las candidaturas de JxCat cuando ya estaban privados de libertad y cuando ya estaban «en medio de un juicio oral que se sigue celebrando». A pesar de admitir que eso les supone una «limitación evidente» para su participación en la campaña electoral, «no supone la imposibilidad de ser elegido, ni supone una pérdida o una alteración esencial de la efectividad del derecho de participación democrática de los que comparten el proyecto político que defienden». Además, remarcan que los procesados no tienen «completamente anulada su capacidad de dirigirse a su electorado» y que la opción de ser elegidos va ligada a los otros integrantes de la candidatura «que sí abordan plenamente las actividades de campaña».

Los jueces también destacan que el calendario de sesiones ya definido para los próximos días prevé una interrupción de cinco días –del jueves al lunes que viene-, y que después ya sólo quedarán cuatro jornadas de campaña, tres de ellos con sesiones fijadas.

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