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Condenado a 19 años y 3 meses de prisión por violar y maltratar a su pareja en Cassà de la Selva

La sentencia concluye que el acusado sometió a la víctima a un «clima de violencia y de miedo»

Imagen del Palacio de Justicia de Gerona.

Condenado a 19 años y 3 meses de prisión por violar y maltratar a la pareja en Cassà de la SelvaACN

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La Audiencia de Girona ha condenado a 19 años y 3 meses de prisión al acusado de violar y maltratar a su pareja en Cassà de la Selva (Gironès) en dos episodios que tuvieron lugar en mayo del 2016 y en julio del 2017. La sentencia concluye que el procesado sometió a la víctima a un «clima de violencia y de miedo» y lo condena como autor de dos agresiones sexuales con agravante de parentesco, dos delitos de maltrato en el ámbito de la violencia doméstica y un delito leve de injurias y vejaciones injustas. El tribunal concluye que la prueba contra el acusado es «contundente» por la «declaración firme» de la víctima, testigos que le vieron morados por las lesiones y los informes médicos que avalan los ataques. En concepto de responsabilidad, condena al procesado a indemnizar a la víctima con 10.245 euros.

La sentencia de la sección cuarta de la Audiencia de Girona recoge que el agresor y la víctima tenían una relación sentimental y que convivían desde agosto del 2015 hasta el primer ataque, en mayo del 2016. A partir de aquí, dejaron de vivir juntos pero «siguieron viéndose» hasta julio del 2017, cuando tuvo lugar el segundo episodio.

El tribunal concluye que cabe a se 7 de la mañana del 14 de mayo del 2016 el acusado llegó en el domicilio que compartía con la víctima en Cassà de la Selva y empezaron a discutir. La sentencia da plena credibilidad al relato de la denunciante que, tanto en fase de instrucción como al juicio, explicó que ella había ido a un compromiso de trabajo y, cuando volvió a casa, el procesado no estaba. Llegó horas más tarde «ebrio» y, según su testimonio, la disputa empezó cuando ella le recriminó.

«Con la finalidad de despreciar su integridad física, la cogió con fuerza por los brazos, la lanzó contra el sofá, le cogió la cabeza con las dos manos y lo apretó, dándole acto seguido un golpe en la cabeza», expone la sentencia.

Unas horas más tarde, hacia el mediodía, el acusado fue a la cocina y dio una patada en el cubo de basura, que cayó al suelo. Mientras la víctima recogía los desperdicios, sigue relatando la sentencia, el procesado la empujó contra el mostrador de la cocina. «Con la intención de atentar contra la libertad sexual de la víctima, la inmovilizó, le rompió las braguitas y le introdujo dos dedos», declara probado el tribunal que, en los fundamentos de la sentencia, expone que el agresor le dijo a la mujer que lo hacía para «comprobar si había estado con algún otro hombre la noche pasada».

Los ataques no acabaron aquí. Según la sentencia, la misma tarde, y mientras la víctima estaba en el sofá, el acusado se colocó encima suyo con la intención de mantener relaciones sexuales. «A pesar de la negativa de la víctima, la cogió por los hombros y por el cuello y la penetró», expone la sentencia.

Fotos de las lesiones

Como consecuencia de los ataques, la víctima sufrió lesiones como equimosis, erosiones y eritemas. La sentencia subraya que entonces la mujer no denunció ni fue al médico, por lo tanto, no hay ningún informe médico del momento pero sí que una testigo le hizo fotografías que sirvieron para que, posteriormente, los forenses acreditaran las lesiones.

Las agresiones de mayo pusieron punto final a la convivencia de la pareja pero no a la relación, que continuó hasta julio. Hacia las diez de la noche del 10 de aquel mes, acusado y víctima habían quedado «para hablar». El procesado subió al asiento del copiloto del coche de la mujer y le dijo que condujera. Entonces, cogió una botella de litro y medio que la víctima tenía en el vehículo y la utilizó para golpearle los muslos. También la sujetó con fuerza por los brazos mientras le ordenaba que condujera hasta una urbanización.

Finalmente, la instó a llevarlo hasta su casa. «Él no quería bajar y escupió en el cristal del coche, cogió un pañuelo de papel y limpió el cristal para, acto seguido, fregar el pañuelo sucio por la cara de la víctima», concluye la sentencia.

Cuándo el acusado bajó del vehículo, cogió la víctima por el pelo, estiró hacia atrás y le mordió la mandíbula. La sentencia recopila que eso le causó a la víctima dolor a la palpitación en la zona cervical y heridas en el mentón.

Prueba «contundente»

El tribunal expone que la prueba de cargo contra el acusado es «contundente» por la «declaración firme» de la víctima pero, también, por la declaración de familiares y compañeros de trabajo a quien explicó lo que había pasado, le vieron los morados e, incluso, le hicieron las fotografías de las lesiones. Así, la Audiencia de Girona resuelve que el acusado es autor «sin género de duda» de dos agresiones sexuales con agravante de parentesco, dos delitos de maltrato en el ámbito de la violencia doméstica y un delito leve de injurias y vejaciones injustas.

La fiscalía y la acusación particular pedían inicialmente una condena de 33 años de prisión porque también lo acusaban de dos delitos de detención ilegal por , supuestamente, retener a la víctima en el piso en mayo del 2016 y en el coche en julio. El tribunal lo absuelve y sostiene que no ha quedado acreditado que la denunciante estuviera retenida.

La víctima interpuso denuncia el 25 de julio del 2017. Según el tribunal, esta demora se «justifica» porque tenía «mucho miedo» del acusado y primera quería «librarse de todos los vínculos que todavía la ligaban con su agresor». También añade la sentencia que lo hizo siguiendo «las recomendaciones de sus asesores legales» y descarta que hubiera ningún «ánimo de venganza».

Por eso, el tribunal condena al acusado a 19 años y 3 meses de prisión por los dos delitos de agresión sexual y los dos de maltratos. También prohíbe al procesado acercarse y comunicarse con la víctima y le impone 9 años de libertad vigilada. Por el delito leve de injurias y vejaciones injustas le impone 5 días de localización permanente. La sentencia condena al acusado a indemnizar a la víctima con 10.245 euros por las lesiones y el daño moral y subraya que la sometió a un «clima de violencia y de miedo».

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