Judicial
El Supremo autoriza a Forn a ir al Ayuntamiento de Barcelona para tomar posesión como concejal
El tribunal ordena que vuelva a Soto del Real el sábado «sin dilaciones» y no le permite hacer nada más allá de los actos estrictos para obtener la condición
El Tribunal Supremo ha autorizado a Joaquim Forn para poder salir de la prisión e ir al Ayuntamiento de Barcelona los días 14 y 15 de junio para tomar posesión como concejal de JxCat. El tribunal, sin embargo, ordena que el mismo sábado, después del pleno, retorne a Soto del Real «sin dilaciones» y también establece que sólo pueda hacer los trámites para presentar documentos (el día 14) y para tomar posesión el día 15 en el pleno de la corporación. Pero le niega que pueda hacer nada más allá de estos trámites. «No legitima la presencia del señor Forn en cualquier otro foro ni institución, pública o privada, diferente a la corporación municipal», resuelve el auto. La fiscalía había posicionado a favor de permitir la salida pero ya pide al tribunal que, una vez adquiera la condición de concejal, lo suspenda en aplicación del artículo 384 bis.
El Tribunal Supremo permitirá a Joaquim Forn salir de la prisión los días 14 y 15 de junio para tomar posesión como concejal al Ayuntamiento de Barcelona. El traslado hasta la capital catalana se hará en todo momento bajo custodia judicial y tendrá que volver a la «prisión de origen» -es decir, a Soto del Real- inmediatamente cuando acabe el pleno del 15 de junio de constitución de la corporación municipal. En este pleno, la votación es «nominal y secreta» y, por lo tanto, es necesario que esté presente.
Por lo tanto, con el hecho de ordenar que lo devuelvan a Soto del Real el tribunal deja ver que el traslado a Cataluña no será inmediato una vez acabe el juicio este miércoles.
El día antes del pleno, el 14 de junio, podrá ir a la corporación para agasajar los trámites necesarios, como la presentación de la declaración de bienes y actividades, que la normativa prevé que se tenga que hacer personalmente.
El tribunal establece, además, que los agentes que sean responsables de su custodia serán también los que vigilarán que se cumpla lo que han dictaminado los magistrados y que no hará ninguna gestión más allá de las que le permiten a través del auto. Por eso, pide que la resolución se comunique a los agentes que finalmente resulten encargados de la custodia y el traslado de Forn, ya que en Cataluña serán responsables los Mossos d'Esquadra. El traslado hasta Cataluña lo hará la Guardia Civil y, entonces, habrá un cambio de custodia con la policía catalana.
La fiscalía solicita la suspensión de funciones
Antes de tomar la decisión, el tribunal había dado traslado a la fiscalía para que posicionara ante la petición de la defensa de Forn, ejercida por Xavier Melero. El ministerio público había comunicado al tribunal que no se opone al permiso, pero defiende que no puede ejercer de concejal una vez obtenida la condición del cargo. «La actividad municipal permanente y continuada no es posible para quien se encuentre en situación de prisión preventiva, en tanto que resulta incompatible con el régimen de esta medida cautelar», argumenta en su escrito.
Diferente es la adquisición de la condición de concejal, dice, ya que no hay ninguna sentencia que lo prive de este derecho. Según el ministerio público, tiene que poder adquirir el acta con independencia que «mientras se mantenga la situación de prisión, no pueda materialmente ejercer las funciones ni desarrollar las actividades propias del cargo».
Ahora bien, en su escrito, la fiscalía ya marca el camino a seguir para suspenderlo de funciones e interesa en que se le aplique el artículo 384bis de la Ley de enjuiciamiento criminal para suspenderlo de funciones. El reglamento del Ayuntamiento de Barcelona no prevé en ningún artículo la suspensión de funciones. En cambio, en el auto de los magistrados del Supremo, no se hace todavía ninguna referencia al futuro que tendrá Forn una vez haya adquirido la condición de concejales y no se apunta nada sobre una eventual suspensión de funciones.