Judicial
La fiscalía rechaza que Junqueras coja el acta de eurodiputado
El ministerio público argumenta que eso supondría parar el procedimiento judicial, ya que reconoce que requeriría pedir un suplicatorio y que el procedimiento es diferente al del Congreso
La fiscalía se opone al permiso que ha pedido Oriol Junqueras para poder asistir al acto de juramento o promesa del 17 de junio que la ley exige para adquirir la condición de eurodiputado. El ministerio público rechaza que Junqueras coja el acta porque eso supondría parar el procedimiento judicial. Según el escrito, eso sería una «intromisión tan indebida como inadmisible en el ejercicio de la función de juzgar». La fiscalía reconoce que el hecho de que Junqueras se convirtiera en eurodiputado implicaría pedir un suplicatorio para retirar la inmunidad reconocida en el protocolo número 7 del Tratado de la Unión Europea, un procedimiento diferente al del Congreso, «con la consiguiente suspensión y paralización del procedimiento». Además, remarca que el Parlamento Europeo no estaría obligado a suspenderlo de sus funciones.
El ministerio público subraya que en este caso sería aplicable el artículo 384 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, «que establece la suspensión automática de Junqueras» porque está siendo procesado por rebelión y en prisión preventiva. Ahora bien, quien tendría que aplicar este artículo de una ley española sería el Parlamento Europeo, que no está obligado a cumplirlo teniendo en cuenta que es un órgano de una institución supranacional. La suspensión, por lo tanto, «no podría ser ejecutada de forma automática».
Al margen de eso, considera que tener que pedir un suplicatorio y que el proceso penal pudiera ser suspendido «no constituiría un ejercicio razonable y proporcional de las prerrogativas parlamentarias».
Por todo ello, la fiscalía constata que conceder este permiso a Junqueras supondría «abrir un escenario en que podrían producirse interferencias absolutamente no razonables en el ejercicio de la función jurisdiccional», ya que significaría que el Parlamento Europeo ejerciera una función de «revisión o control» sobre el poder judicial por el hecho de que determinadas personas hayan sido escogidas eurodiputados durante la celebración del juicio oral.
A opinión de la fiscalía, eso convertiría la inmunidad parlamentaria en un «privilegio» o «derecho particular» de determinadas personas, lo que vulneraría el «derecho a la tutela judicial efectiva».
Por otra parte, también subraya que Junqueras ya es diputado en el Congreso, y la adquisición de la condición de eurodiputado lo coloca en una situación de incompatibilidad. Según el ministerio público, «pretende sortear la suspensión de funciones ya acordada».