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El Supremo multa con 3.000 euros Puigdemont, Comín y Lliures per Europa

El tribunal ve mala fe procesal y temeridad en el hecho de que pidieran que una reunión de la JEC fuera pública

Plano conjunto de Toni Comín, Carles Puigdemont y Ramon Tremosa antes de atender los medios en la Eurocámara.

La defensa de Puigdemont y Comín pide en el Supremo que deje sin efecto la orden de detención contra ellos en EspañaACN

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La sala contenciosa administrativa del Tribunal Supremo ha multado con 3.000 euros a Carles Puigdemont, Toni Comín y la coalición electoral Lliures per Europa porque cree que actuaron «con mala fe procesal y temeridad» al presentar unas medidas cautelarísimas donde pedían que una reunión de la Junta Electoral Central (JEC) fuera pública. En este encuentro se tenía que proceder al recuento de los votos, la distribución de escaños y la proclamación de los electos de los comicios en el Parlamento Europeo. La sala tercera rechazó la petición y acordó abrir una pieza separada para imponer una multa. El fiscal, el letrado de las Corts y el de la JEC se han mostrado favorables a la sanción. El tribunal recuerda que la JEC actúa de acuerdo con la ley electoral, sobre la que no ha habido modificaciones esenciales en 35 años.

Además, el Supremo cree que es «contrario» a la buena fe procesal que la solicitud de los abogados de Puigdemont para que la reunión de la JEC del día 13 fuera pública no se presentara hasta el día 12 de junio a las 19:09 horas teniendo en cuenta que la Junta Electoral ya les había denegado la petición el día 10.

«Es evidente que hay mala fe y temeridad en la presentación de la solicitud de medidascautelares escasas horas antes de la celebración de un acto de la JEC notificado con más de 48 horas de antelación», se añade en la interlocutoria.

Ante la negativa de la JEC, los dos eurodiputados recurrieron al Supremo y pidieron que fallara de urgencia contra la decisión de la junta. El Supremo, pero, no solo falló el mismo día 13 denegando las medidascautelaressino que también acordó abrir una pieza separada para multarlos.

De hecho, en el interlocutorio hecho público este martes, los magistrados de la sala de lo contencioso administrativo se quejan de la actitud de Puigdemont yComínpor «dificultar» la decisión de la sala con la «urgencia» pedida.

Argumentos de las partes

Por un lado, el ministerio fiscal se muestra partidario de la multa y reprocha a los electos «pretender» que fuera pública una actuación de la JEC que es «una mera operación aritmética» prevista en laLOREGque «no altera los resultados del escrutinio público». Además el ministerio público argumenta también que hay «abuso» de la buena fe procesal porque la presentación de la solicitud de Puigdemont yComínse hace «en el momento más propicio para generar una complicación adicional».

A su vez, el letrado de las Cortes Generales y de la JEC añade que el representante de los candidatos y Lliures per Europa presentó también un escrito el mismo día 13 a las 11.21 horas requiriendo que no se iniciara la sesión prevista a la espera de la resolución de lascauterlares el día anterior.

Según la interlocutoria, los abogados de los políticos exiliados alegan que la Sala no presenta «garantías de imparcialidad e independencia», ven «arbitrario» que se les impute prácticas «contrarias a la buena fe procesal» e invocan «desconocimiento preocupante» por parte del tribunal «de los estándares internacionales en materia electoral».

Además, concluyen que la JEC les ha negado copia de las actas de escrutinio.

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