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Multan a Pol Espargaró con 64.800 euros por conducir sin puntos con un carné andorrano

Aunque el piloto de motos ya había devuelto el carnet de conducir español

Pol Espargaró celebrando su primer triunfo en MotoGP el año pasado.

Multan a Pol Espargaró con 64.800 euros por conducir sin puntos con un carné andorranoEfe

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El Tribunal Supremo ha dictado una sentencia donde confirma la multa de 64.800 euros al piloto de motos Pol Espargaró por conducir al Estado sin puntos con un carné vigente en Andorra. Según la sentencia de la Sala Penal, redactada por el juez Pablo Llarena, aunque Espargaró tenga un carné andorrano vigente si circula por el Estado «está sometido al sistema de pérdida de puntos con respecto a las infracciones perpetradas en nuestro país» porque todos los conductores que circulan por el Estado están obligados a cambiar su carné de un tercer país, y por lo tanto «son conductores sometidos a España al sistema de puntos fijado por nuestro ordenamiento jurídico».

El tribunal ha desestimado el recurso que Espargaró presentó contra la sentencia de la Audiencia de Barcelona que confirmó la pena que le impuso un juzgado de Granollers por un delito del artículo 384 del Código Penal que castiga la conducción sin permiso vigente entre otros motivos por la pérdida total de los puntos.

Según la sentencia, Espargaró se sacó el carnet de conducir en el Estado en el 2009, pero en 2014 fijó su residencia en Andorra, donde obtuvo también el carnet de conducir. Entregó su carné español a las autoridades del Principado para que lo devolvieran a las autoridades españolas. El 12 de julio del 2016 la DGT le notificó personalmente que se había quedado sin puntos, y tres meses después la Policía Local de Granollers lo paró.

Espargaró alegaba que la resolución de la DGT había recaído sobre un permiso de conducir inexistente porque ya lo había cambiado por uno andorrano. Pero el Supremo considera que en la medida en que circulaba por el Estado no es ajeno al sistema de la retirada de permiso. «No existe ninguna razón», dice el juez, «para que el sistema administrativo de protección de la seguridad vial se desactive para estos conductores cuando circulan por las carreteras o las vías urbanas españolas».

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