Judicial
Absuelven a unos padres gerundenses que habían sido condenados por no llevar el hijo al colegio
La sentencia concluye que los progenitores no desatendieron al menor aunque actuaron con «exceso de celo» por los problemas de salud que tenía
La Audiencia de Girona ha absuelto a los padres condenados por no llevar el hijo al colegio «reiteradamente» a lo largo de cuatro cursos. El juzgado de lo penal 3 impuso una multa de 1.080 euros a la pareja por un delito de abandono de familia para registrar tasas de absentismo de entre el 60 y el 91% entre los cursos 2012-2013 y 2015-2016. La Audiencia, que ha estimado íntegramente el recurso de la defensa, concluye que los progenitores no desatendieron al menor.
Según la sentencia, aunque tuvieron una actitud «reprochable», los padres decidieron no llevar al hijo a clase por el «temor» que empeoraran sus problemas de salud. Por eso, el tribunal sostiene que los padres actuaron con un «exceso de celo» pero que no hubo «dejadez» en la obligación de escolarización.