El Supremo condena a Junqueras a 13 años de prisión porque salió adelante el 1-O a pesar de las advertencias de los Mossos
El tribunal destaca su liderazgo en el «procés» como vicepresidente del Gobierno, conseller de Economía y presidente de ERC
El Tribunal Supremo considera, en su sentencia de este lunes, que Oriol Junqueras es culpable del delito de sedición, y lo condena a 13 años de prisión, porque fue advertido por la cúpula de los Mossos d'Esquadra que podría haber violencia durante el 1-O y decidió, junto con el entonces presidente, Carles Puigdemont, seguir adelante con el referéndum de independencia. El tribunal recuerda que Junqueras, a pesar de sólo responder a su defensa, admitió que el objetivo de las «leyes de desconexión» y el referéndum era conseguir una Cataluña independiente, a pesar de reivindicarme la legitimidad.
Así, destaca su papel en el proceso que «condujo a la inobservancia de las leyes y el contumaz desprecio a las resoluciones del Tribunal Constitucional y el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña». En este sentido, aparte de su papel como vicepresidente, la sala remarca su liderazgo, reconocido por muchos procesados y testigos, para ser también presidente de ERC.
El tribunal afirma que «está acreditado por la testifical del mayor de los Mossos d'Esquadra, Josep Lluís Trapero, y de los comisarios Ferran López, Joan Carles Molinero, Emili Quevedo y Manel Castellví», que Junqueras estuvo presente en la reunión del 28 de septiembre de 2017 a instancias de aquellos mandos policiales, con el objetivo de «informar en los miembros del ejecutivo del importante riesgo para la seguridad que podía derivarse de la constatada presencia de colectivos radicales y de la movilización de una cifra de personas próxima a los dos millones».
«La alta probabilidad de enfrentamientos con las fuerzas policiales encargadas de cumplir el mandato judicial hacía aconsejable –a juicio de los mandos policiales– la suspensión de la votación prevista para el día 1 de octubre. A pesar de eso, la decisión de los miembros del Gobierno presentes en esta reunión fue la de seguir adelante con el referéndum. Al acabar la reunión, el procesado rebelde, entonces presidente de la Generalitat, manifestó a todos los presentes que si el día 1 de octubre se desataba la violencia declararía la independencia».
«La voluntad supuesta del acusado Junqueras y la representación de estos graves incidentes se infiere con facilidad, no ya de los términos en qué se desarrolló esta reunión, sino del hecho objetivo que el día anterior el Tribunal Superior de Justicia había dictado un auto la existencia de la cual fue puesta de manifiesto en el encuentro entre responsables políticos y mandos policiales– en qué se acordó prohibir la realización del referéndum y ordenar a las fuerzas y cuerpos de seguridad –Mossos d'Esquadra, Guardia Civil, Policía Nacional y Policia Loca- que confiscaran el material, cerraran los colegios e impidieran la votación».
En este sentido, la sala «no duda de la realidad» de esta reunión y del mensaje transmitido por los Mossos. En cambio, «no da crédito» a la versión de Junqueras, que dijo durante el juicio, según los magistrados, que la conclusión del encuentro era que «no había nada que pudiera prever que pasarían cosas diferentes a las que ya habían pasado hasta aquel momento». «Era imposible un escenario de violencia –argumentó Junqueras– teniendo en cuenta la experiencia previa de movilizaciones pacíficas; la propia sociedad había activado mecanismos concretos para asegurar el compromiso de no-violència con una intensa actividad de las entidades sociales, que organizaron servicios de orden e hicieron llamamientos concretos a la ciudadanía». Así, el tribunal cree que la respuesta de Junqueras, «de incuestionable legitimidad como expresión de su estrategia defensiva, no tiene la fuerza de convicción necesaria para neutralizar el valor probatorio de la declaración de los altos mandos policiales, que fueron idénticos en aquello esencial.» Por último, los magistrados aseguran que Junqueras no pudo disimular el mensaje reiterado y conscientemente enviado a la ciudadanía: defender el referéndum, defender las urnas, resistencia y oposición a los requerimientos policiales».
Sobre su papel legal en la preparación el referéndum, el Supremo recuerda que el 4 de julio del 2017 participó en el acto en el TNC de presentación de la ley del referéndum, el 17 de julio varios decretos le atribuyeron las competencias en procesos electorales, el 6 y 7 de septiembre promovió y participó activamente en las leyes del referéndum y de «desconexión» y su departamento publicó los decretos de normas complementarias del referéndum, que incluían la autorización para «aprobar el gasto y actuaciones administrativas necesarias para hacer efectiva la celebración del referéndum, incluyendo la puesta a disposición de los recursos humanos, materiales y tecnológicos de los que se disponga».
El 9 de septiembre presentó en el Pati dels Tarongers del Palau de la Generalitat, junto con Puigdemont, la pregunta del referéndum. Los magistrados recuerdan que las leyes fueron anuladas por el TC y esta anulación fue notificada personalmente en Junqueras y en los otros miembros del Gobierno con la advertencia de posibles consecuencias penales. Esta «pertinaz» desatención de los requerimientos del TC, evidencia, según el Supremo, el liderazgo de Junqueras, de quién recuerda que el 6 de septiembre envió una carta a todos los alcaldes para que cedieran locales de votación. Finalmente, el 6 de octubre, Junqueras, Turull y Romeva comunicaron al Parlamento el resultado del referéndum.
Sobre el 20-S en la Conselleria de Economía, el tribunal reprocha a Junqueras que a pesar de conocer «las circunstancias difíciles en que se estaba practicando la diligencia judicial», «rehusó dirigirse a los concentrados para que desistieran de su actitud».