Economía
Un juzgado de Madrid condena a Ryanair por cobrar la maleta de mano a una pasajera
La magistrada considera «abusiva» su política de equipaje y declara nula la cláusula que obliga a pagar el equipaje en cabina
El juzgado mercantil 13 de Madrid ha condenado Ryanair por haber cobrado el equipaje de mano a una pasajera. La aerolínea hizo pagar un suplemento de 20 euros a la demandante porque llevaba una maleta de mano cuando no había contratado la tarifa priority, la única con la cual la compañía permite llevar dos bolsas en la cabina -una de pequeñas dimensiones y una maleta de máximo 10 kilogramos. El juzgado de Madrid considera que es una medida «abusiva» que recorta los derechos de los pasajeros, ya que genera un «grave desequilibrio de prestaciones entre las partes contratantes en perjuicio del consumidor». La magistrada considera que la política comercial de Ryanair no está amparada por el reglamento europeo de explotación de servicios aéreos y declara nula la cláusula que obliga a pagar por llevar una maleta en la cabina.
Así pues, la sentencia hecha pública este miércoles la magistrada determina que esta condición se tiene que «desterrar» del contrato de Ryanair y obliga a la compañía a devolver los 20 euros que hizo pagar a la pasajera, que viajaba de Madrid a Bruselas, así como pagar el interés moratorio legal desde la demanda, que llegó al juzgado el 9 de mayo de 2019.