Judicial
Junqueras pide al Supremo que suspenda el veto de la JEC de acceso al acta
La defensa del presidente de ERC pide medidas cautelarísimas a la sala contenciosa-administrativa
La defensa del presidente de ERC, Oriol Junqueras, ha presentado un recurso en la sala contenciosa-administrativa del Tribunal Supremo en el que pide que, como medida cautelarísima y sin audiencia de la administración afectada, suspenda la ejecución del acuerdo de la Junta Electoral Central (JEC) del pasado 3 de enero que le veta poder acceder a su acta de eurodiputado a pesar de la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). En el recurso, el abogado Andreu van den Eynde argumenta que ejecutar la decisión podría provocar daños «irreversibles» en caso de que el escaño de Junqueras sea sustituido por el siguiente miembro de la lista. También argumenta la JEC es «incompetente» para adoptar este acuerdo.
El recurso dice que la decisión tiene que ser urgente, porque el próximo lunes 13 de enero el pleno del Parlamento Europeo tiene previsto tomar nota de la condición de eurodiputado de Junqueras con efectos desde el 2 de julio pasado. Si las medidas cautelares se determinaran por vía no urgente, la resolución llegaría después del 13 de enero, dice la defensa. Además, recuerda que todavía no tiene notificación formal de la decisión de la JEC del viernes pasado.
Por otra parte, el abogado de Junqueras también recuerda que el acuerdo de la JEC cuenta con cinco votos particulares que opinan que el órgano electoral tenía que esperar al posicionamiento de la sala segunda del Supremo sobre la condición de eurodiputado de Junqueras después de la sentencia del TJUE. Igualmente, recuerda que el propio Supremo se presentó ante el TJUE, en la cuestión prejudicial sobre Junqueras, como el máximo órgano competente del estado para pronunciarse sobre la inmunidad y la condición de eurodiputado, y la JEC no ha esperado el pronunciamiento del alto tribunal español.
El escrito de la defensa también considera que la JEC ha vulnerado el derecho comunitario y los derechos fundamentales del líder de ERC, al no priorizar la aplicación de la legislación y sentencias europeas por encima de la española. De hecho, acusa la JEC de optar por la decisión más restrictiva de derechos fundamentales, cosa que contradice la jurisprudencia, y de tomar decisiones con la «máxima celeridad», a pesar de estar fuera de periodo electoral, y de «desplegar una frenética actividad y eficiencia» en este caso para frenar los derechos de Junqueras como eurodiputado.
El abogado responde a la posibilidad de hacer correr la lista electoral, que eso también vulnera el derecho de los electores, ya que en un sistema de listas cerradas y bloqueadas, el orden de los candidatos también es importante.
Según el escrito, la ponderación de derechos se basa por un lado de la balanza en los derechos fundamentales ya vulnerados de Junqueras, del Parlamento Europeo y de los electores, y por otro de una sentencia penal pendiente de dos pronunciamientos del propio Supremo con criterios de interpretación establecidos por el TJUE y con efectos «de momento dudosos».
Por todo eso, el abogado pide que se suspenda la ejecución del acuerdo y que la sala lo comunique al Parlamento Europeo. Si la sala considera que no tiene que comunicar la suspensión al Parlamento, el letrado pide que sea la JEC quien lo comunique al Europarlamento.