Judici Trapero
La fiscalía descarta modificar la acusación por rebelión a Trapero, Soler y Puig
El ministerio público asegura que en la Audiencia Nacional no se juzga al cuerpo de los Mossos d'Esquadra
La fiscalía ha descartado modificar de momento la acusación por rebelión al mayor Josep Lluís Trapero, el exsecretario general de Interior Cèsar Puig y el exdirector general de los Mossos Pere Soler, aunque la sentencia del Tribunal Supremo condenó por sedición. El fiscal Miguel Ángel Carballo ha admitido que es «consciente» de la sentencia, pero que ahora «no es el momento procesal oportuno de modificar las conclusiones». «Lógicamente, en el momento oportuno se valorará y se considerará la conveniencia de calibrar la calificación jurídica sobre los hechos», ha añadido, pero «no se hará ninguna modificación en este momento porque no es legalmente procedente». El fiscal Pedro Rubira ha remarcado que en el juicio en la Audiencia Nacional no se juzga a los Mossos.
Rubira ha argumentado largamente que ahora no es el momento de cambiar la calificación, ya que el escrito de calificación provisional se adecua perfectamente a los hechos determinados por el auto de procesamiento de la magistrada instructora. Citando jurisprudencia del Tribunal Supremo y el Constitucional, ha recordado que la calificación provisional se tiene que adecuar a los hechos delimitados en el procesamiento, pero jurídicamente la fiscalía puede calificarlos en el delito que considere más oportuno. «No estamos consternados», ha dicho. Ha reconocido que el ministerio público tendrá en cuenta los hechos probados por el Supremo, que no los contradirá, pero cree que en este juicio ahora se tiene que delimitar la participación de los cuatro acusados en estos mismos hechos.
Justamente, Rubira ha dicho que el objetivo del juicio que ahora empieza es delimitar la responsabilidad de los cuatro acusados en determinados hechos y delitos, pero no es partidario de juntar en una sola macro-causa todas las actuaciones de los Mossos en septiembre y en octubre del 2017 en relación al proceso soberanista, ya que eso se hará en varios juzgados catalanes. «No juzgamos al cuerpo de los Mossos d'Esquadra, nada más lejos de la realidad, nunca ha sido nuestra intención», ha reafirmado. El fiscal considera que los cuatro acusados incumplieron varias circulares de la fiscalía, autos del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) y resoluciones del Tribunal Constitucional. «Eso es lo que se juzgará», ha remachado. La fiscalía también tendrá en cuenta, por ejemplo, la sentencia del Supremo sobre el 9-N, que condenó por desobediencia a Artur Mas, Joana Ortega, Irene Rigau y Francesc Homs.
En su escrito de acusación, la fiscalía pide penas de 11 años de prisión para Trapero, Puig y Soler por un delito de rebelión. El ministerio público inicialmente los acusaba por sedición –dos delitos en el caso de Trapero, pero modificó la calificación para mantener la coherencia con la acusación que se hacía a los políticos independentistas al proceso que se siguió en el Tribunal Supremo. El alto tribunal, sin embargo, acabó descartando este delito en su sentencia y condenó por sedición. En el caso de Laplana, la fiscalía siempre lo ha acusado de sedición y siempre circunscrito a los hechos del 20-S y no del 1-O.