Sanidad
Multas de hasta 10.000 euros en los establecimientos que vendan tabaco mentolado a partir del 20 de mayo
La Ley sanitaria contempla su venta a partir de esta fecha como una «infracción grave»
Los estancos, establecimientos de venta con recargo a través de máquinas en el caso de Península y Baleares, o vendedores minoristas y tabaquerías en el caso de las Islas Canarias que vendan cigarrillos o picadura con aroma a mentol a partir del próximo 20 de mayo se exponen a ser multados hasta con 10.000 euros.
Unas sanciones a las que se arriesgan los establecimientos, ya que el tabaco mentolado desaparecerá del mercado en España el 20 de mayo, fecha en la que termina la moratoria otorgada como consecuencia de la prohibición introducida por la Directiva del Tabaco, relativa a la aproximación de las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas de los Estados miembros en materia de fabricación, presentación y venta de los productos del tabaco y productos relacionados.
De esta forma, la Ley sanitaria contempla su venta a partir de esa fecha como una "infracción grave", sancionable hasta por esa cuantía con una multa para el vendedor, ya sea estanquero o titular de cualquiera de los tipos de establecimientos en los que está autorizada la venta de productos del tabaco, según datos consultados por Europa Press.
En España, la Directiva 2014/40/UE fue objeto de transposición por el Real Decreto 579/2017, de 9 de junio, por el que se regulan determinados aspectos relativos a la fabricación, presentación y comercialización de los productos del tabaco y los productos relacionados.
En virtud de su Disposición Adicional Segunda es al Comisionado para el Mercado de Tabacos del Ministerio de Hacienda a quien corresponden las funciones de inspección y control de la prohibición de venta de cigarrillos y picadura con aroma a mentol a partir del 20 de mayo de 2020, labor que normalmente lleva a cabo a través de la Guardia Civil.
Al mismo tiempo, la Dirección General de Salud Pública del Ministerio de Sanidad será la encargada de coordinar las actuaciones en esta materia con las de las comunidades autónomas, cuyos organismos sanitarios competentes deberán aplicar, a partir del 20 de mayo de 2020, las sanciones que correspondan a las ventas de cigarrillos mentolados que se puedan producir en sus respectivos territorios a consumidores.
Con esta prohibición se acabará casi un siglo de existencia de los cigarrillos mentolados en la UE, desde que en 1925 fuesen creados en el Estado norteamericano de Ohio por un cajero de restaurante, de nombre Lloyd 'Spud' Hughes, a quien se le ocurrió mezclar trocitos de cristal de menta en su pitillo.