Transporte
Ryanair, condenada a pagar 50 euros para cobrar el equipaje de mano a cuatro pasajeros
La usuaria que compró los billetes tuvo que abonar 34 euros extra para poder viajar con las maletas en cabina
El Juzgado del Mercantil número 3 de Alicante ha condenado a Ryanair a abonar 50 euros a una usuaria que denunció a la compañía para cobrarle, a ella y a sus tres acompañantes, para transportar el equipaje de mano en cabina.
La pasajera había tenido que pagar 34 euros extra, ocho por|para cada maleta, para un viaje Liverpool-Alicante después de aplicarle la compañía su tarifa priority. A su vuelta, reclamó este importe a la aerolínea, que se negó a devolverle el dinero, por|para lo cual decidió denunciar en Ryanair en febrero de 2019. Ahora, el juez ha fallado a su favor. La sentencia fundamenta su parte dispositiva en el artículo 97 de la Ley de Navegación Aérea, que establece que «el transportista estará obligado a transportar junto con los viajeros, y dentro del precio del billete, el equipaje con los límites de peso, independientemente del número de bultos de mano y volumen que fijen los Reglamentos».
De esta forma, la normativa obliga a las aerolíneas a transportar de manera gratuita el equipaje de mano que los pasajeros lleven con si, e indica que «únicamente podrá denegarse lo embarque de estos objetos y bultos en atención a razones de seguridad, vinculadas al peso o al tamaño del objeto en relación con las características de la aeronave». Esta sentencia se suma a una anterior del Juzgado del Mercantil número 13 de Madrid, que en noviembre del año pasado condenó también a Ryanair a devolver los 20 euros que una usuaria pagó para poder viajar en cabina con una bolsa y una maleta.