Laboral
El gobierno español deroga el despido objetivo por acumulación de bajas médicas justificadas
La medida formaba parte de la reforma laboral aprobada por el PP y no será retroactiva
El Estatuto de los Trabajadores, en su artículo 52.d, permitía despedir a un trabajador cuando las bajas justificadas superaran el 20% de las jornadas a trabajar durante dos meses consecutivos -siempre que el total de ausencias superara el 5% de las jornadas hábiles durante los doce meses anteriores-, o en llegar al 25% de ausencias en cuatro meses discontinuos durante un año.
La ministra Díaz ha justificado el uso del real decreto para aprobar la derogación de este tipo de despido. «Creo que hay pocas ocasiones en que se justifique más la urgencia de una medida de estas características, hablamos de vulneración de derechos y preservación de salud», ha defendido a la ministra.
Durante la rueda de prensa, Díaz ha dicho que la medida «no tiene carácter retroactivo», de manera que no podrá beneficiarlos trabajadores que ya hayan sido despedidos con esta ley.
Por otra parte, la ministra ha dicho que el resto de aspectos de la reforma laboral del PP que se empezarán a revertir están en negociando con «discreción» con los agentes sociales. «Los peores impactos de la reforma laboral están relacionados con la precariedad, 10 millones de trabajadores son precarios, y con la contrarreforma laboral que rompió el equilibrio en el derecho laboral en la negociación colectiva», ha afirmado.