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ERTE más rápidos, exoneración de cuotas y facilidades para cobrar el paro: los principales cambios laborales por el covid-19

La pandemia de coronavirus obliga la Moncloa a modificar la normativa laboral para hacerla más flexible

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La pandemia de covid-19 ha obligado al gobierno español a modificar la normativa laboral para hacerla más flexible. La Moncloa ha accedido a las peticiones de patronales y sindicatos ante la limitación de la movilidad y la caída de la actividad productiva y ha agilizado los trámites de los ERTE, ha eliminado el mínimo de cotización previa para cobrar el paro y ha exonerado a las empresas de las cuotas de la Seguridad Social. En Cataluña, 24.000 trabajadores están afectados por uno Expedientes de Regulación de EmpleoTemporal (ERTE), con causas relacionadas con esta crisis.

¿Cuál es la diferencia entre un ERTE y un ERE?

Los ERTE permiten a las empresas reducir la jornada o suspender durante un tiempo la relación laboral con sus trabajadores. En cambio los ERE implican la finalización del contrato laboral y por lo tanto, el despidodel trabajador. En caso de despido colectivo, el empleador está obligado a pagar una indemnización. No es así cuando se produce un ERTE porque el puesto de trabajo no se pierde.

Según el Estatuto de los Trabajadores, las empresas tienen que demostrar causas económicas, técnicas, organizativas o de producción o de bastante mayor para llevar a cabo cualquiera de los dos procedimientos colectivos.

¿Qué es un ERTE por fuerza mayor?

Un ERTE por fuerza mayor es un procedimiento más rápido que el ordinario. La empresa sólo puede recurrir cuando haya un motivo imprevisto que impida totalmente el funcionamiento de la empresa.

En casos de fuerza mayor, la autoridad laboral tiene que dar permiso y comprobar que existe este motivo. En Cataluña, la administración tiene cinco días para hacer esta comprobación. Si alega este supuesto, la dirección no tiene que negociar con la representación de los trabajadores.

Los expedientes causados porla crisis del covid-19 se considerarán de fuerza mayor.

¿Tengo derecho a cobrar un sueldo mientras dure elERTE?

El trabajador pasa a cobrar la prestación por paro que le toque, es decir, tiene derecho a recibir el 70% de la base reguladora mientras dure el periodo de paro de trabajo. Si la situación se alarga más de seis meses, la percepción baja al 50%.

No hay un límite a la baja aunque la cantidad final sea inferior al salario mínimo interprofesional, de 950 euros mensual. Una persona que cobre 1.108 euros mensuales con prorrata de pagas incluida cobrará un subsidio de 775,60 euros. De la misma manera, un trabajador a jornada parcial y 600 euros de sueldo, tendrá una prestación de 420 euros.

Las personas afectadas por ERTE continúan vinculadas a la compañía pero no cobran la nómina a final de mes, ni generan pagas extras ni vacaciones. La compañía puede optar a pagar la diferencia entre la mensualidad y la prestación de desempleo de manera voluntaria

¿Qué consecuencias tienepara el paro futuro haberse acogido a un ERTE?

Normalmente, los trabajadores que se acogen en un ERTE 'gastan' prestaciones dedesempleo como cualquier otro parado.

Pero los afectados porun ERTE causado por la crisis del covid-19 no computarán como paro el tiempo que dejen de trabajar. De esta manera, el contador del paro seguirá como estaba una vez vuelvan al trabajo.

¿Todos los trabajadores afectados por un ERTE tienen derecho a prestación?

Ahora mismo, para percibir prestación contributiva se tiene que haber trabajado y cotizádose al menos 360 días, dentro de los seis años anteriores y no haber utilizado las cotizaciones de este periodo para una prestación anterior.

Los afectados porun ERTE relacionado con el covid-19 no necesitan un periodo mínimo de tiempo cotizado para recibir la prestación de desempleo, el llamadocomo periodo de carencia.

¿Quién paga mis cotizaciones a la Seguridad Social mientras dura el ERTE?

La prestación que se percibe después de la pérdida involuntaria –definitiva o temporal- del trabajo incluye la cotización en la Seguridad Social de la parte que paga el trabajador. En cambio, la empresa tiene que seguir asumiendo la cuota patronal, que es de cerca del 30% del salario inicial.

El Estado exoneró a las empresas de las cuotas de la Seguridad Social en caso deERTE causado por la crisis del covid-19 para aligerarlas cargas financieras.

¿Qué pasa con los trabajadores infectados u obligados a confinarse?

Los trabajadores de empresas que continúen abiertas y que estén infectados por covid-19 o que estén aislados de forma preventiva tienen las mismas condiciones que el personal que ha sufrido un accidente laboral. En estos casos la prestación equivale al 75% de la base reguladora, a cargo de la administración. Hasta ahora las personas afectadas por el coronavirus estaban en un régimen de incapacidad temporal porcontingencias comunes.

¿Si soy un autónomo como puedo tener una prestación por cese de actividad?

Los autónomos tienen que demostrar la caída de sus ingresos y haber cotizado durante 12 meses continuados para acceder a los fondos de prestación, que es de un 70% de la base reguladora.

La Moncloa ha aprobado flexibilizar el acceso a la prestación por cese de actividad de los autónomos para que sea compatible con la exoneración del pago del pago de cuotas en la Seguridad Social así como acogerse a un ERTE.

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