Movilidad
El Estado sólo permitirá el acceso por puertos y aeropuertos a españoles, residentes y trabajadores
La medida afecta también a los países del Espacio Schengen y estará en vigor hasta el 24 de mayo aunque es ampliable
También quedan exceptuadas las personas extranjeras acreditadas como miembros de misiones diplomáticas, oficinas consulares y organismos internacionales asentados en España, siempre que se trate de desplazamientos vinculados a sus funciones oficiales.
El orden también establece que para evitar recurrir al procedimiento de denegación de entrada hará falta la colaboración con los operadores de transporte de viajeros y con las autoridades del resto de estados miembros y asociados al Espacio Schengen. La medida se notificará a los estados miembros de la UE, a la Comisión Europea, al Parlamento Europeo y al Consejo.
La orden constata que el levantamiento progresivo de las medidas de confinamiento podría provocar que personas residentes en el exterior quisieran viajar al Estado. Remarca que si los españoles tienen restricción de movimientos entre provincias durante la desescalada, también hay que limitar el acceso desde otros estados miembros. También avisa de que el hecho de tener una vivienda no acredita que la persona tenga la residencia en España.
El restablecimiento de los controles en las fronteras interiores de España con Francia y Portugal ya entró en vigor el 17 de marzo, mientras que la restricción en el acceso a través de las fronteras exteriores en puertos y aeropuertos se puso en marcha el 23 de marzo.