La Generalitat ofrece asesoramiento gratuito a empresas y particulares con deudas
El servicio se pondrá en marcha en octubre y servirá para intentar evitar que lleguen al concurso de acreedores
Si las partes no llegan a ningún acuerdo extrajudicial de pagos, o si lo acuerdan pero lo incumplen, los tribunales iniciarán automáticamente el proceso judicial del concurso de acreedores. Si es así, el estudio previo del servicio de la Generalitat facilitará la tramitación judicial, porque el caso llegará a los juzgados con una mayor y mejor información.
El Gobierno ha hecho un llamamiento a las entidades financieras y de crédito y a los suministradores de servicios básicos para que se impliquen en el mecanismo de segunda oportunidad y faciliten acuerdos con los deudores. Justicia ha defendido que esta manera de actuar contribuye a un cambio cultural sobre la resolución de conflictos y, a la vez, descongestiona los juzgados.
Enmiendas al proyecto de ley de medidas procesales
Por otra parte, Justicia ha preparado a una batería de enmiendas al proyecto de ley de medidas procesales y organizativas para hacer frente a la covid-19 y las ha hecho llegar a todos los portavoces de la Comisión de Justicia del Congreso.
En relación con la ley de segunda oportunidad, la conselleria propugna que los deudores puedan acceder al beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho (BEPI) (exoneración de la deuda) sin pasar obligatoriamente por un intento de acuerdo extrajudicial de pagos. Actualmente, cualquier exoneración requiere por ley el intento de un acuerdo previo al inicio del concurso judicial. Se trata de una condición innecesaria para los deudores que no disponen de ningún patrimonio y que, por lo tanto, no pueden negociar ningún pago parcial a sus acreedores. Justicia ha apuntado que este requisito «bastante un intento imposible y dilata la posible solución».
El Gobierno también considera que hay que ampliar el acceso a la exoneración de las deudas ya que actualmente deja fuera de los deudores con impuestos y cotizaciones pendientes de pago a Hacienda y a la Seguridad Social. Justicia pide un cambio normativo para que el peso de la exoneración del pasivo insatisfecho no recaiga exclusivamente sobre los acreedores privados, sino que también lo asuma el Estado, «como ejemplo de compromiso con la condonación de los impagados y con la generación de nuevas oportunidades».
Las enmiendas incluyen otras medidas para agilizar los asuntos en los juzgados mercantiles. Por ejemplo, para que las compañías aéreas no puedan judicializar sistemáticamente las reclamaciones por pérdida de equipaje o cancelaciones de vuelos. Justicia propone que las resuelvan los organismos competentes en la defensa de los intereses de los consumidores de cada territorio, la Agencia Catalana de Consumo en el caso de Catalunya.
Según el Instituto de Estadística de España (INE), el 27% de los concursos de acreedores del Estado son por fallidas de empresas catalanas. Los concursos de acreedores los resuelven los juzgados mercantiles, que también tratan demandas relacionadas con el transporte, por competencia desleal, propiedad industrial e intelectual o impugnaciones de acuerdos de sociedades y cooperativas. Estos juzgados cerraron en el 2019 con 29.230 asuntos pendientes acumulados, prácticamente la misma cantidad de casos que llegan cada año. Durante el 2019 entraron 33.354.