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El Supremo revisará un recurso contra las salidas de Forcadell de Mas d'Enric para hacer voluntariado y cuidar a su madre

El juzgado de vigilancia penitenciaria de Lérida remite al alto tribunal español el recurso presentado por la fiscalía

Imagen de archivo de la expresidenta del Parlament Carme Forcadell saliendo caminando de la prisión de Mas d'Enric.

Forcadell ingresa en la prisión de mujeres de Barcelona después de pedir el traslado por motivos familiaresACN

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El Tribunal Supremo revisará un recurso de apelación de la fiscalía contra las salidas de la expresidenta del ParlamentCarme Forcadell de la prisión de Mas d'Enric para hacer voluntariado y cuidar de su madre. Lo hará porque el juzgado de vigilancia penitenciaria de Lleida ha remitido al alto tribunal este recurso contra el aval judicial a aplicar a Forcadell el artículo 100.2 del régimen penitenciario. En esta resolución, el juez determinó que el recurso sería revisado por el órgano sentenciador, aunque la fiscalía lo presentó en la Audiencia de Tarragona. De hecho, otro juzgado de vigilancia penitenciaria, el que se hace cargo de los presos de Lledoners, sostiene que los recursos de apelación se tienen que presentar a la audiencia provincial.
Según ha informado el Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJC), el juzgado de vigilancia penitenciaria remitió el recurso de apelación en el Supremo de acuerdo con su pronunciamiento recogido en al suya resolución judicial, y que en estos momentos el magistrado no tiene comunicación oficial que el Tribunal Supremo haya recibido todavía el recurso.

El recurso de apelación presentado por la fiscalía es contra el aval del 100.2 en Forcadell cuando estaba en la prisión de Mas d'Enric. Estos medidas, sin embargo, decayeron cuando la expresidenta del Parlamentfue traslada en la prisión de mujeres de Wad Ras, en Barcelona. La Junta de Tratamiento de este centro cogió un nuevo acuerdo para la aplicación a Forcadell del 100.2 que sustituyó el de la prisión tarraconense.

Otro juzgado de vigilancia penitencia, el número 5, que se encarga de los presos de la causa del 1-O que están en la prisión de Lledoners, sostiene que los recursos tienen que recaer en su caso en la Audiencia de Barcelona, ya que no se modifica la clasificación del preso. Lo dice en una resolución de este mismo martes en que avala la aplicación del 100.2 al exconseller Raül Romeva.

Según recoge a la magistrada en este auto, «el conocimiento del posterior recurso de apelación que se formule en su caso contra la resolución que dicte esta jutjadora recaerá en lo Audiencia Provincial de Barcelona», y cita que se hace así «de conformidad con lo que se dispone en el apartado tercero de la Disposición Adicional Quinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial». Y añade que este es un «criterio pacífico hasta la fecha». Y añade que la fiscalía también lo entiende así, según se desprende de un recurso de apelación presentado contra otra resolución de la misma jueza en relación a otro preso de la misma causa.

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