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Sucesos

Prisión permanente revisable para el joven que mató a sus padres y el abuelo

El hombre, de 25 años, asesinó a sus familiares con múltiples cuchilladas en su domicilio de Tenerife

Los hechos tuvieron lugar ayer sábado hacia las 19.00h

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La sección segunda de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife ha condenado a prisión permanente revisable al joven que asesinó a sus padres y a su abuelo en marzo de 2018 en la vivienda familiar de Arona, en Tenerife.

La sentencia, avanzada por el medio El Día, aplica esta pena máxima por la muerte del abuelo de 87 años, mientras que lo condena a 20 años por el asesinato del padre y a 22 años y seis meses de prisión por el asesinato de la madre.

El tribunal considera que las muertes se produjeron con alevosía y ensañamiento y cuenta como agravante en los tres asesinatos la circunstancia de parentesco.

Los hechos ocurrieron el 23 de marzo de 2018 en la finca familiar situada en Guaza, en el municipio de Arona, cuando a las 03.00 horas de la mañana el joven de 25 años mató primero a sus padres con varias puñaladas y posteriormente a su abuelo, al cual también asestó varias cuchilladas que le causaron la muerte.

La sentencia avala lo que se ha dictado por un jurado popular, que declaró probados que los hechos son constitutivos de los delitos de asesinato alevoso y considera que la agresión se produjo de manera «repentina, rápida, inesperada y brutal».

En el caso de la madre, además, se produjo ensañamiento, ya que la acuchilló más veces del necesario (unas 30 según el informe de la autopsia) para producirle la muerte y la sentencia recuerda que el encausado puso de manifiesto un sentimiento de odio y malevolencia hacia su progenitora.

La sentencia descarta que el condenado sufriera un trastorno mental transitorio como alegó su defensa y recuerda que el día de los asesinatos fue él mismo el que llamó a los servicios de emergencia y alegó que un ladrón había entrado en su casa y matado a sus padres.

El joven relató esta noche detalladamente los hechos y se mostró orientado, lo cual es incompatible con un trastorno o brote psicótico, agrega el texto judicial.

Además indica que no se detectaron rastros de drogas tóxicas ni alcohol y señala que tampoco se pueda aplicar como atenuante el reconocimiento de los hechos, ya que el condenado sólo reconoció ser el autor de las tres muertes cuando constató que las sospechas recaían sobre él.

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