Judicial
La extradición de Valtònyc, pendiente del Tribunal Constitucional belga
El Tribunal de Apelación pregunta si el caso del cantante se enmarca en la libertad de expresión
El Tribunal de Apelación de Gant no ha resuelto este martes sobre la extradición del cantante Josep Miquel Arenas, alias Valtònyc, sino que ha decidido presentar una pregunta prejudicial al Tribunal Constitucional belga para saber si el caso del rapero se enmarca en la libertad de expresión. Después de que un tribunal de primera instancia ya rechazara la entrega del cantante en España, donde fue condenado a tres años y medio de prisión por enaltecimiento del terrorismo, injurias en la corona y amenazas por las letras de varias canciones que escribió y subió a Internet, ahora el tribunal de segunda instancia ha decidido preguntar al Constitucional belga sobre el caso de Valtònyc antes de tomar una decisión.
Después de conocer la decisión del Tribunal de Apelación de Gant, el abogado de Valtònyc Simon Bekaert ha explicado que la pregunta del juez al Constitucional belga es para saber si una ley belga de injurias al rey del XIX es constitucional o no.
Bekaert se ha mostrado «confiado» que el tribunal de segunda instancia rechazará la euroorden después de preguntar al Constitucional belga porque hay algunas decisiones del Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo que consideran que estos casos se enmarcan en la libertad de expresión.
«El caso no ha acabado», ha dicho Bekaert, que ha remarcado que el caso se puede alargar entre medio año y un año.
A su vez, Valtònyc ha dicho que la decisión del tribunal «está bien». «Todo lo que sea tener más argumentos a nuestro favor nos sirve. El que está claro es que cuanto más tiempo pase mejor para que los
Borbones la hagan más grande. Todo lo que sea ganar tiempo ya me va bien», ha señalado el rapero.
El proceso del caso Valtònyc
El proceso hace dos años que está en marcha después de que un tribunal de primera instancia rechazara la euroorden contra el cantante en septiembre del 2018. Hace seis meses, contestando las dudas del juez belga, el TJUE concluyó que España no podía aplicar de manera retroactiva el código penal para reclamar la extradición del rapero por la vía rápida.
España pidió la extradición automática del cantante por el delito de enaltecimiento del terrorismo, pero la legislación europea sólo permite esta vía rápida por crímenes castigados al estado en cuestión con al menos tres años de prisión.
Valtònyc fue condenado a dos años de prisión por el delito de enaltecimiento del terrorismo con la ley española del 2012, pero cuando se emitió la euroorden la pena máxima que marcaba el código penal era de tres años, ya que fue reformada en el 2015.
Con la puerta cerrada de la euroorden automática, ahora el Tribunal de Apelación de Gant tiene que explorar si es posible extraditar Valtònyc por la vía de la doble incriminación. Es decir, determinar si los delitos por los cuales fue condenado el rapero son equivalentes en la legislación belga.
Independientemente de lo que decida el juez, la eventual sentencia todavía puede ser recurrida a una tercera instancia judicial, el Tribunal de Casación de Bélgica. Una opción que tienen las dos partes en el litigio, Valtònyc y la fiscalía belga que actúa en nombre de las autoridades españolas.