Judicial
El Supremo sanciona a un teniente coronel que habló de aplicar una «solución armada» en Cataluña
El alto tribunal confirma que es una «falta grave» pero rebaja la multa de Defensa porque omitió el trámite de audiencia
La sala de lo militar del Tribunal Supremo ha impuesto una sanción económica disciplinaria de ocho días al teniente coronel del Ejército del suelo en situación de reserva Enrique Área Sacristán por haber roto el «deber de neutralidad política» en un artículo publicado en un medio de comunicación en el cual hablaba de aplicar una «solución armada» en Cataluña. El artículo publicado a Alerta Digital el 30 de agosto de 2018 decía que si no existe «buena voluntad de las partes» para solucionar el conflicto, «como militar nos quedaría la solución armada en la que se aplicará la Ley del Estado con toda su contundencia». El Supremo considera que se dan todos los requisitos para considerarlo una «falta grave».
Sin embargo, el alto tribunal reduce la cuantía de la sanción, ya que inicialmente el Ministerio de Defensa impuso una multa de quince días. La sala estima parcialmente el recurso del teniente coronel contra la resolución del 16 de julio de 2019 porque considera que Defensa omitió el trámite de audiencia.
El instructor del expediente propuso una sanción de ocho días pero la ministra de Defensa la elevó a quince. El Supremo considera que se tendría que haber hecho una nueva propuesta de resolución con la sanción elevada para que el teniente coronel pudiera formular alegaciones en lugar de elevarla directamente.
Sin embargo, el Supremo cree que el contenido de la sanción estuvo «adecuadamente justificado» porque el teniente coronal «rompió el deber de neutralidad política» que está previsto en el artículo 7 apartado 32 del régimen disciplinario de las fuerzas armadas.