Judicial
El hombre que mató a la mujer en Blanes delante de sus hijos menores de edad, condenado a 31 años de prisión
El tribunal prohíbe al procesado comunicarse y acercarse a los hijos durante 10 años y le priva de la patria potestad
«La ejecución del crimen se llevó a cabo de manera totalmente inesperada para la víctima», expone la sentencia que argumenta que la mujer no tuvo ninguna posibilidad de defenderse porque la atacó mientras dormía.
Tal como sostenía el fiscal Enrique Barata, el jurado popular apreció las agravantes de parentesco, porque la pareja estaba casada, y de género: «Le causó la muerte porque no aceptaba la decisión de separarse que ella le había planteado unos días antes». Según el tribunal, la mujer quería llevar «una vida independiente con sus hijos, lejos del acusado» y el procesado quiso ejercer «una situación de control y dominación» hacia la víctima.
A la argumentación de la sentencia, el magistrado también recoge que varios testigos explicaron en el juicio que la mujer tenía miedo del acusado y que había sido víctima de maltratos y agresiones.
El ataque lo presenciaron los dos hijos menores de edad de la pareja, que entonces tenían 10 y 17 años. El niño más pequeño, recoge la sentencia, oyó los gritos «de pánico y auxilio» de su madre, salió al pasillo y se la encontró tendida en el suelo. También vio a su padre intentándoautolesionarse con el cuchillo y tuvo que intervenir para quitárselo de las manos. Como consecuencia de eso, el menor sufre estrés posttraumático y tiene que seguir tratamiento médico y psicoterapéutico.
La hija, que tenía 17, también se despertó alertada por los gritos de la madre. La fue a socorrer pero la mujer «acabó muriendo entre sus brazos sin que lo pudiera evitar». La chica también sufre afectaciones emocionales y psicológicas por haber presenciado una escena que la sentencia califica «de aterradora».
El magistrado apunta que el relato de los hijos del acusado y de la víctima en el juicio –dónde declararon a puerta cerrada- fue «estremecedor» y permitió «aflorar la gravísima afectación emocional que a día de hoy todavía sufren los dos». «La afectación emocional es de tal magnitud que los psicólogos que declararon en el juicio se mostraron contundentes a la hora de aseverar que la muerte de un progenitor en manos del otro constituye el incidente traumático más grave y con mayor nivel de cronicidad para los hijos».
23 puñaladas
El fiscal Enrique Barata mantuvo la petición de 34 años de prisión para el acusado y las tres acusaciones (en nombre de la familia, de la Generalitat y del ayuntamiento) la elevaron a 35. La defensa, encabezada por el letrado Pere López de Coca, solicitó 19 años.
A la hora de imponer la pena, el magistrado condena a Bolívar a 23 años de prisión por el asesinato con los agravantes de parentesco y de género teniendo en cuenta «la gravedad de los hechos cometidos»: «No pueden obviarse las circunstancias crueles en las que se cometió el crimen, sobre todo el hecho de que infringiera ni más ni menos que 23 puñaladas a la víctima haciéndole sufrir una agonía larga». Por cada uno de los dos delitos de lesiones psíquicas con el agravante de parentesco fija 4 años de prisión.
Además, la sentencia impone al acusado la prohibición de acercarse a menos de mil metros o comunicarse con los dos hijos durante 10 años. También le retira la patria potestad del hijo que todavía es menor de edad y la DGAIA seguirá asumiendo las funciones de tutela.
En concepto de responsabilidad civil, el acusado tendrá que indemnizar a los padres de la víctima con 62.000 euros, a cada uno de los hijos con 124.000 euros y a la hermana de la mujer con 20.000 euros.
La sentencia no es firme y se puede recurrir interponiendo recurso al TSJC.