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El Supremo se opone a la concesión de los indultos a los presos independentistas

El informe asegura que no hay razones de «justicia, equidad y utilidad pública para conceder la medida de gracia»

Imagen general de la fachada principal del Tribunal Supremo.

Tribunal SupremoACN

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El Tribunal Supremo se opone a la concesión de los indultos a los 12 presos independentistas porque considera que no hay razones de «justicia, equidad y utilidad pública para conceder la medida de gracia». Así consta en el informe preceptivo –pero no vinculante- que ha hecho público este miércoles y que ha enviado al Ministerio de Justicia. Los magistrados consideran las penas impuestas son proporcionales y destacan que no hay «ninguna prueba e indicio de arrepentimiento». El escrito considera que los argumentos en que se basan las peticiones de indulto «desenfocan el sentido del indulto porque dibujan una responsabilidad penal colectiva y además pretenden que el gobierno corrija una sentencia dictada por el Tribunal Supremo».
El informe, del cual ha sido ponente el presidente de la sala de lo penal del Supremo, Manuel Marchena, sostiene que las razones para pedir el indulto pierden justificación «cuando se presentan como presos políticos aquellos que han sido autores de una movilización encaminada a subvertir unilateralmente la orden constitucional». La sala de lo penal afirma que «la constatación del fracaso de los fines de prevención especial» «les obliga a rechazar el indulto solicitado a favor de los condenados».

No hay arrepentimiento

El Supremo destaca que no existe «la más mínima prueba o el más débil indicio de arrepentimiento». El informe argumenta que no se avista «voluntad de reencuentro con el orden jurídico menoscabado por el delito» y que, incluso, los condenados han expresado «su voluntad de reincidir en el ataque a los pilares de la convivencia democrática».

Marchena cita como ejemplo Jordi Cuixart y su intención de volver a hacerlo. Para el tribunal, estas palabras son «la mejor expresión de las razones por las cuales el indulto se presenta como una solución inaceptable para la anticipada extinción de la responsabilidad penal». El Supremo considera que expresan «una actitud antidemocrática» porque asume que «la misma conciencia y el compromiso social que cada ciudadano suscribe lo autorizaría a desmenuzar las bases de la convivencia».

El informe también esgrime la falta de respuesta de los condenados sobre la cuestión como argumento contrario a concederlos. Según el Supremo, los líderes independentistas se sitúan «en las antípodas» de la actitud esperable de alguien «que aspira a ser indultado de acuerdo con los parámetros perfilados normativamente».

Condena a la crítica a la sentencia

El Supremo rechaza las críticas a la sentencia del proceso en las peticiones de indulto y considera que los argumentos de las peticiones están desenfocados. «Dibujan una responsabilidad penal colectiva, solidaria, compartida por un sujeto activo plural que respondería a la denominación de 'presos del procés'». Según el informe, eso entorpece el razonamiento que justifica el indulto, que es una medida de gracia individual.

Penas «proporcionadas»

La sala de lo penal niega que las penas sean desproporcionadas y defiende la condena por sedición. «Lo que el hecho probado de nuestra sentencia declara -por más que lecturas parciales o interesadas reiteren el contrario- no es identificable con el simple desbordamiento de los límites del orden público», afirman. También remarca que la malversación tiene que ir acompañada de penas graves de prisión y ve improcedente indultar a los condenados por desobediencia.

Toque de atención en las prisiones

El Supremo critica la actuación de la administración penitenciaria catalana y la acusa de «haber unificado de forma contumaz el régimen y tratamiento de los 'presos del procés' sin atender a la evolución personal e individualizada de cada uno de ellos». Eso «ha entorpecido de forma notable el cumplimiento de los fines de la pena alimentando la ficción de un sujeto colectivo, que sería titular del derecho a la progresión en grado y, ahora, del derecho al indulto».

El Supremo también rechaza la amnistía

Los magistrados aprovechan las alegaciones presentadas por Jordi Cuixart para pontificar sobre la petición de amnistía. Aunque admiten que abordar legalmente la cuestión de la amnistía «desborda los términos propios del informe de indulto», señalan que «en no pocos casos las leyes de amnistía han sido el medio de regímenes dictatoriales para borrar delitos gravísimos contra personas y sus derechos fundamentales». Según la Sala, la «memoria colectiva» recuerda que las decisiones de amnistía «sirvieron para ocultar delitos» mediante «el eufemismo de leyes de punto final que tuvieron que ser neutralizadas precisamente por los tribunales». «De aquí las dificultades que aprecia la Sala para entender esta preferencia incondicional por un instrumento jurídico de extinción de responsabilidad criminal que para Cuixart convertiría en legítima su excarcelación ante el rechazo al indulto».

Lesmes: «Un indulto cuando no hay concordia es difícil de aceptar»

El presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial, Carlos Lesmes, ha avanzado el sentido negativo del informe en un foro sobre Justicia, y ha aprovechado también para rebatir las manifestaciones del presidente del gobierno español, Pedro Sánchez, que ha apuntado que tendrá en cuenta los valores de la «concordia» y no los de la «revancha» a la hora de resolver esta cuestión. «El indulto, en el contexto que se está planteando, entendido como medida de concordia, puede ser entendido e incluso aceptado», ha dicho Lesmes, sin embargo «un indulto cuando no hay concordia es difícil de aceptar».

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