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Sucesos

Circula a 253 km/h y lo cazan cuando vuelve para comprobar si le había pillado un radar

Sospechó cuándo miraba el retrovisor

Un control de la Guardia Civil.

Circula a 253 km/h y lo cogen cuando vuelve para comprobar si le había pillado un radarEfe

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La Guardia Civil de la Región de Murcia ha identificado al conductor de un turismo mientras circulaba a 253 kilómetros por hora por la autovía A-30 (Albacete-Cartagena), a la altura del término municipal de Fuente Álamo, por superar el límite específico máximo establecido de 120 km/h.

El conductor, que regresó para comprobar si en la zona existía un vehículo radar, ha resultado investigado como presunto autor de delito contra la seguridad vial, según informaron fuentes de la Benemérita en un comunicado.

La actuación se produjo en la madrugada del pasado domingo, día 23, cuando guardias civiles del Destacamento de Tráfico de Cartagena, que se encontraban realizando un control estático de velocidad a la altura del kilómetro 172,200 de la autovía A-30 (Autovía A-31 Albacete-Cartagena), término municipal de Fuente Álamo, detectaron la circulación de un turismo deportivo de alta gama, circulando a 253 km/h en un tramo limitado a 120 km/h, superando con ello la velocidad máxima permitida en 133 km/h.

Regresó buscando un radar

Instantes después de cometer el delito, el conductor regresó al lugar del hecho, con la supuesta intención de comprobar si el destello del flash que había observado en el espejo retrovisor de su coche provenía de algún vehículo radar de la Guardia Civil, momento en el que los agentes aprovecharon para notificarle la infracción penal cometida.

Se trata de un joven, de 20 años de edad, vecino de Cartagena y de nacionalidad española que se desplazaba a la ciudad portuaria y que resultó investigado como presunto autor de delito contra la seguridad vial por conducir un vehículo a motor a una velocidad superior en 80 km/h a la permitida en vía interurbana.

El investigado y las diligencias instruidas fueron puestos a disposición del juzgado de Instrucción número 5 de Cartagena (Murcia).

La Guardia Civil recuerda que este delito se encuentra recogido en el artículo 379 del Código Penal y puede ser castigado alternativamente con penas de prisión de 3 a 6 meses, multa de 6 a 12 meses, o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días, y en cualquier caso, con privación de derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a 1 hasta 4 años.

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