Sucesos
Condenan a prisión a la madre que «permitió» que abusaran de la hija de 8 años a cambio de dinero o droga
La mujer también «vejaba y humillaba» a la pequeña, lo obligaba a presenciar relaciones sexuales y la maltrataba
En el banquillo de los acusados se sentó sólo la madre porque el padre murió antes de que el caso llegara a juicio. La fiscalía y la acusación particular, encabezada por el letrado Daniel Muntada, pedían 22 años de prisión por un delito de maltrato habitual, cuatro delitos de maltrato en el ámbito familiar a persona especialmente vulnerable, un delito continuado de exhibicionismo y provocación sexual, un delito de corrupción de menores y un delito continuado de abusos sexuales a menor de edad en comisión por omisión con agravante de parentesco.
La sentencia de la sección tercera de la Audiencia de Girona, de la que ha estado poniendo el magistrado Ildefons Carol, concluye que mientras la familia vivía en un domicilio de Roses, la procesada «vejaba y humillaba constantemente» a la pequeña sometiéndola a «castigos y palizas frecuentes». El tribunal expone que lo obligaba a comer a gatas en el suelo, a coger comida de los contenedores de basura y a desfilar en ropa interior. Además, también permitía que el padre de la niña orinara encima suyo cuando estaba en la cama: «Se limitaba a mirar sin intervenir para evitarlo».
Las agresiones físicas también eran constantes. Según la sentencia, en más de una ocasión la madre hizo quemaduras con cigarrillos en los brazos a la niña y la golpeó con palos. «Igualmente, le roció el cabello con líquido para matar escarabajos con el pretexto que quería sacarle piojos», apunta el tribunal que subraya que por todas estas agresiones, la víctima todavía tiene lesiones y cicatrices hoy día. «Este hechos hicieron que la niña, durante el 2008, viviera en un clima continuado de violencia que perturbaba gravemente su tranquilidad», expone la sentencia.
Abusos a cambio de dinero o drogas
Pero el infierno que vivió la pequeña con sus padres no acabó aquí: «Con ánimo de lucrarse a costa de a su hija, ya fuera obteniendo dinero o droga, la procesada, incumpliendo gravemente los deberes inherentes a la patria potestad y poniendo en peligro la integridad física de la menor, permitió que un individuo desconocido la desnudara, la tumbara bocaterrosa y le acariciara todo el cuerpo, en particular el sexo». La investigación no pudo determinar quién era este hombre pero la víctima fue capaz de ubicar su domicilio, describirlo y aportar detalles como el zumo que le daba siempre y que la dejaba aturdida.
La Audiencia remarca que los abusos tuvo lugar «en múltiples ocasiones», aunque no se ha podido acreditar que el desconocido la violara. Los padres también obligaron a la menor a mirar cuando mantenían relaciones sexuales y, al menos en dos ocasiones, la madre la metió dentro de un coche y la hace obligar a presenciar cómo hacía felaciones a un hombre.
El trauma provocado en la niña fue de tal intensidad que al juicio aseguró que los hombres la «repugnan». «Es evidente que la situación en la que fue sometida por sus padres biológicos durante el año 2008 no sólo tiene que haberle dejado una huella profunda es que, como ella misma sostiene y las periciales acreditan, resulta la causa de sus problemas psicológicos sexuales y que no haya tenido un desarrollo normal de la sexualidad», arguye el tribunal.
La víctima interpuso la denuncia el año 2017, cuando ya hacía cinco años que vivía de manera permanente con la familia de acogida. «Su situación familiar se normalizó, y por fortuna se encuentra desde entonces acogida por una familia en la que ha encontrado el afecto y apoyo que de pequeña no pudo disfrutar», argumenta la sentencia que expone que fue en este momento cuando tuvo la fuerza para «rebelarse contra una situación aberrante» cómo es «que las personas que lo tendrían que proteger fueran, en realidad, los que lo agredían y permitían que otros lo hicieran».
A la hora de dictar sentencia condenatoria, la sala tiene en cuenta los informes psicológicos, los médicos que describen las cicatrices que tiene en el cuerpo y, sobre todo, la declaración de su hermano pequeño, que también convivió con los padres en el apartamento de Roses, y que fue capaz de describir las palizas y explicar que a menudo los progenitores dejaban a la niña en casa de un hombre y lo iban a buscar más tarde.
La sentencia también recoge que la acusada «ha sido incapaz de dar una sola razón, al juicio, que pudiera explicar por qué sus dos hijos le podrían imputar hechos tan terribles.» Al juicio se limitó a negar todo y a decir que la niña decía «mentira tras mentira».
El tribunal condena a la madre por un delito de violencia habitual en el ámbito familiar, cuatro delitos de maltrato de obra en el ámbito doméstico con el agravante de parentesco, un delito continuado de exhibición obscena delante menor de edad con el agravante de parentesco y de un delito de corrupción de menores en concurso ideal con un delito continuado de abuso sexual con prevaliment. La Audiencia le impone 9 años y 9 meses de prisión.
La mujer no podrá acercarse a menos de 500 metros de su hija ni comunicarse con ella durante 20 años y la inhabilitan para ejercer la patria potestad durante 4 años y medio. En concepto de responsabilidad civil, tendrá que indemnizar a la víctima con 30.000 euros.
La sentencia no es firme y se puede recurrir interponiendo recurso al TSJC.