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Condenado a 8 años de prisión por violar a una chica y retenerla durante horas en un piso de Blanes

La Audiencia de Girona acuerda la expulsión del país del acusado cuando acceda al tercer grado o a la libertad condicional

El acusado de espaldas y custodiado por los Mossos d'Esquadra

Condenado a 8 años de prisión por violar a una chica y retenerla durante horas en un piso de BlanesACN

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La Audiencia de Girona ha condenado a 8 años de prisión al acusado de violar a una chica y retenerla durante horas en un piso de Blanes (Selva) la madrugada de Fin de Año del 2015. La víctima salió de fiesta con amigos y familiares a una discoteca de la población. Cuando el local ya había cerrado, se dio cuenta de que no llevaba el bolso de mano e intentó volver a entrar. Según la sentencia, entonces el acusado Brahim Danna la engañó diciéndole que lo tenía en su piso. La víctima lo siguió y, una vez en el apartamento, cerró la puerta con llave para evitar que la chica escapara y la agredió sexualmente en dos ocasiones. El tribunal acuerda la expulsión del país del acusado cuando acceda al tercer grado o a la libertad condicional.
La sentencia de la sección tercera de la Audiencia de Gerona, de la que ha estado poniendo la magistrada Sonia Losada, recopilación que la víctima y unos amigos pasaron la noche de Fin de Año en una discoteca de Blanes. Hacia las siete y media de la mañana del 1 de enero del 2015 y cuando ya volvían hacia casa, la chica se dio cuenta de que le faltaba el bolso de mano. Por eso, se acercó a la puerta de la discoteca para intentar volver a entrar a buscarla.

Fue entonces cuando lo ahora condenado, originario de Marruecos y de 33 años, la abordó y le dijo que tenía su bolso de mano: «Le describió el contenido de la misma, diciéndole que si quería recuperarla lo acompañara a su casa, dónde la tenía guardada». De esta manera consiguió engañar a la víctima para que lo siguiera hasta su apartamento, situado delante de la discoteca.

Una vez allí, Brahim Danna la llevó|trajo hasta la habitación, la empujó para obligarla a entrar y la violó. Según la sentencia, el acusado la sujetó con fuerza y la estiraba por el pelo para «vencer su oposición», aunque la chica le dijo repetidamente que parara. El tribunal apunta que el procesado llegó a amenazar a la víctima con llamar a unos amigos para que también la violaran si seguía resistiéndose.

Unos minutos después, la volvió a agredir sexualmente. Entonces, el procesado se durmió. En este momento, la víctima se levantó de la cama e intentó escaparse pero no pudo porque el acusado había cerrado la puerta con llave: «Había cerrado el apartamento, sin dejar la llave puesta, con el objetivo de evitar que la víctima pudiera salir del piso». Cuando el procesado la pilló, hizo ver que había ido a buscar un vaso de agua.

Horas más tarde, hacia las once y media del mediodía, la víctima propuso al acusado ir a desayunar fuera. Lo hizo para conseguir salir del piso y tener una oportunidad para huir. Una vez en la calle, se encontraron con una familiar de la chica que hacía rato que la estaba buscando por la zona: «Al verla, la víctima empezó a llorar y cuando la familiar le preguntó si el procesado le había hecho algo. Eso motivó que la familiar insultara al acusado, que salió corriendo». Los Mossos d'Esquadra lo detuvieron el mismo día.

Como consecuencia del ataque, la víctima sufre sintomatología de efecto posttraumático que hacen que evite ir a Blanes por ser el lugar «que le recuerda el episodio vivido» y tiene dificultad para concentrarse o alteración del sueño.

A la hora de dictar sentencia, el tribunal descarta la versión del acusado, que aseguró que habían mantenido relaciones sexuales consentidas y que la chica se inventó la violación para perjudicarlo. La Audiencia remarca que no hay ánimo espurio porque acusado y víctima «no se conocían en absoluto» de antes y apunta que el procesado ha «amoldado» su relato a las pruebas porque de entrada negó que habían tenido sexo pero cuando las pruebas de ADN lo corroboraron dijo que había sido consentido.

Prisión y expulsión

La Audiencia condena a Brahim Danna por un delito de agresión sexual en concurso medial con un delito de detención ilegal con la concurrencia de una atenuante de dilaciones indebidas por el tiempo que el caso ha tardado en llegar a juicio. Le impone 8 años de prisión y 8 años de libertad vigilada. El tribunal sustituye la pena de prisión por la expulsión del país con la prohibición de entrada durante 8 años cuando el procesado acceda al tercer grado o se le conceda la libertad condicional. La sentencia concluye que tiene un «arraigo nulo» en el país.

En concepto de responsabilidad civil, la sentencia lo condena a indemnizar a la víctima con 20.000 euros por el daño moral: «De ser una persona jovial, que salía con sus amigos, ahora no tiene interés para hacerlo, prefiere quedarse en casa, y además sufre otra sintomatología como la dificultad para concentrarse o alteración del sueño».

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