Diari Més

El auto del TGUE del 30 de julio consideraba «suspendida» la euroorden contra Puigdemont

Luxemburgo alegaba que no había «nada» que sugiriera que las autoridades judiciales podían ejecutar la detención

Plano medio del eurodiputado de Junts Carles Puigdemont.

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El Tribunal General de la Unión Europea consideró «suspendida» la euroorden contra Carles Puigdemont en el escrito del 30 de julio donde le retiró de nuevo la inmunidad parlamentaria. Según argumentó entonces el vicepresidente del TGUE, Savvas Papasavvas, no había «pruebas suficientes» para justificar que Puigdemont se expusiera a un «daño serio e irreparable». Además, la euroorden se consideraba 'suspendida' porque el juez del Supremo, Pablo Llarena, había enviado cuestiones prejudiciales al Tribunal de Justicia de la UE sobre el caso. «No hay nada que sugiera que las autoridades judiciales en Bélgica o las autoridades de algún otro estado miembro puedan ejecutar las órdenes europeas de detención», estipulaba al vicepresidente del TGUE.
De hecho, el mismo tribunal abría la puerta a devolver cautelarmente la inmunidad a Puigdemont, Toni Comín y Clara Ponsatí en caso de detención. En este sentido, avisaba de que si los detenían o alguna autoridad judicial daba el paso para ejecutar las euroórdenes, podían hacer una nueva petición de cautelares para recuperar la protección parlamentaria.
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