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Absuelto el conductor de un patinete eléctrico: «Ni los mismos policías tenían la seguridad llena que requiriera carné»

La fiscalía lo acusaba de un delito contra la seguridad vial por circular por Gerona

Imagen de archivo del juzgado de Girona.

Absuelto el conductor de un patinete eléctrico: «Ni los mismos policías tenían la seguridad llena que requiriera carné»ACN

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El juzgado de lo penal 5 de Girona ha absuelto el conductor de un patinete eléctrico que se enfrentaba a pagar una multa de 3.600 euros acusado de un delito contra la seguridad vial para conducir sin carné. La sentencia recopilación que el mediodía del 9 de marzo el hombre circulaba con el vehículo «tipo patinete» por la calle Santa Eugènia pero concluye que no ha quedado acreditado que «supiera que no lo podía conducir» sin permiso. A la hora de absolver al procesado, el juzgado concreta que «ni los mismos agentes de la policía tenían la plena seguridad» de los requisitos y que tuvieron que consultar las características técnicas del vehículo en un documento específico y a través de Google: «Este conocimiento no es exigible a una persona de nivel medio de conocimientos».
La Policía Local de Girona paró el conductor durante un control específico en vehículos de movilidad personal a raíz dela entrada en vigor de la normativa que los regula. Según la sentencia, el mediodía del 9 de marzo el hombre circulaba por la calle Santa Eugènia con un vehículo «tipo patinete», con asiento y sin pedales.

Los agentes utilizaban un documento que recogía las características de los vehículos eléctricos para determinar el tipo y dictaminar los requisitos. Así, establecieron que se trataba de un patinete «asimilable a un ciclomotor», con capacidad para superar los 25 kilómetros por hora y que, por lo tanto, exigía que el conductor tuviera carné. Uno de los agentes también explicó que, a menudo, las comprobaciones técnicas del vehículo se suelen hacer haciendo una búsqueda vía Google.

La defensa del conductor, encabezada por el letrado Joan Pere Zapata, alegó que el procesado no podía saber que ahora necesitaba el permiso por duro el patinete y reclamó la aplicación del artículo 14 del Código Penal: «La aplicación del error de prohibición tiene que prosperar, teniendo en cuenta que exige que el autor de la infracción penal ignore que su conducta es contraria a derecho o, expresado de otra manera, que actúe con la creencia de estar obrando lícitamente».

Al juicio, el conductor explicó que hacía tres años que conducía el patinete, desde que su mujer le había regalado. También añadió que la mujer lo había comprado en una tienda del Espacio Gironès y que «nunca nadie» le dijo que necesitara documentación para llevarlo. De hecho, explicó que cuando los agentes lo pararon le dijeron que había salido «una ley nueva» pero que él «no tenía ni idea», ni tampoco sabía la velocidad máxima del vehículo: «Sólo tiene un botón que pulso, no tiene cuentakilómetros».

Por eso, el juez del penal 5, Marcelo Ortega Gutiérrez-Maturana, da la razón a la defensa y resuelve dictar una sentencia absolutoria «ya que ni los mismos agentes de policía tenían plena seguridad sobre las características del vehículo-bicicleta tipo e-bike eléctrico» que conducía al procesado y «tuvieron dudas» sobre si requería el carnet de conducir: «Tuvieron que utilizar un documento que les había proporcionado el Ayuntamiento de Girona y buscar las características en Google para saber si necesitaba o no permiso de conducir».

Por este motivo, especifica que «este conocimiento no es exigible a una persona de nivel medio de conocimientos ya que no se ha acreditado que el acusado lo supiera, tratándose además de objetos que son adquiridos fácilmente en internet o en establecimientos abiertos al público, sin que conste que lo avisaran sobre estos extremos».

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