Tribunales
El Tribunal Constitucional de Bélgica tumba la ley de injurias a la corona del país a raíz del caso Valtònyc
El alto tribunal considera que la norma de 1847 es inconstitucional porque no respeta la libertad de expresión
Después de que un tribunal de primera instancia belga rechazara la entrega del cantante en España, donde fue condenado a tres años y medio de prisión por enaltecimiento del terrorismo, injurias en la corona y amenazas por las letras de varias canciones, el Tribunal de Apelación de Gante preguntó en el TC belga si esta norma es compatible con la libertad de expresión y, por lo tanto, si es válida para poder aceptar o no la euroorden contra el cantante.
Argumentos del TC
La ley belga de injurias en la corona prevé una pena de prisión de seis a tres años para insultar al rey. Después de analizar la norma, el TC belga ha concluido que es «una pena especialmente severa» y «incompatible con la libertad de expresión». Citando la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, el TC belga recuerda que, para respetar la libertad de expresión, el delito de injurias en la corona tiene que ser «necesario en una sociedad democrática», es decir, que tiene que responder una necesidad social urgente y que sea proporcional a los objetivos perseguidos».
En la sentencia, el TC belga destaca que la ley de injurias a la corona de Bélgica «se adoptó en un contexto histórico fundamentalmente diferente del contexto actual» y que «las visiones sobre aquello que se puede considerar necesario en una sociedad democrática» también han evolucionado.
«Ni la irresponsabilidad del Rey ni la posición simbólica que ocupa en el Estado pueden justificar que la reputación del Rey esté más protegida que la reputación de otras personas», defiende la resolución judicial, añadiendo sobre la ley en cuestión: «No responde a una necesidad social imperiosa y es desproporcionada con el objetivo de proteger la reputación de la persona del Rey».
Por eso, el TC ha concluido que la criminalización de los insultos al rey belga no es necesaria en la sociedad democrática actual, teniendo en cuenta que las opiniones críticas contra instituciones, personajes públicos o el sistema constitucional de un estado se enmarcan en la libertad de expresión, tal como marca la jurisprudencia del TEDH, especialmente la sentencia de Estrasburgo por el caso de Otegui y la sentencia Stern Taulats por la quema de fotografías del rey en Girona.
El caso Valtònyc
Hace más de tres años que España reclama a Bélgica la extradición del rapero mallorquín. Después de que un tribunal de primera instancia rechazara la euroorden contra el cantante en septiembre del 2018, el Tribunal de Apelación de Gante está estudiando la petición de entrega. Primero preguntó al Tribunal de Justicia de la UE si podía aceptar la extradición por la vía rápida por el delito de enaltecimiento del terrorismo como pedían las autoridades españolas. Luxemburgo dijo que no y el tribunal de Gante analiza ahora si lo puede entregar por los otros delitos: injurias en la corona y amenazas.
En concreto, el Tribunal de Apelación de Gante explora si estos delitos tienen un equivalente a la legislación belga, un requisito para poder aprobar la euroorden. Como tenía dudas sobre la ley de injurias a la corona, hace un año preguntó al Tribunal Constitucional sobre su legalidad. El pronunciamiento ha llegado este jueves.
La decisión sobre la extradición está en manos del Tribunal de Apelación de Gante y, de hecho, todavía puede ser recurrida en última instancia al Tribunal de Casación de Bélgica.