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Tráfico

Un juez anula una multa para superar el límite de los 30 km/h porque no estaba señalizado

Corresponde a una sanción impuesta en Madrid que fue recurrida por una asociación automovilística

El jutge valora en la interlocutòria la manca de senyalització a la zona.

Un juez anula una multa para superar el límite de los 30 km/h porque no estaba señalizado

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Un juez ha anulado la multa de cien euros impuesta a un conductor en Madrid por superar los 30 kilómetros por hora al no existir una señal que advirtiera de este nuevo límite genérico de velocidad en la calle por la que circulaba.

En una sentencia, el juez de lo Contencioso-Administrativo número 3 de Madrid estima el recurso del sancionado, representado en este procedimiento por Automovilistas Europeos Asociados (AEA), contra la resolución del Ayuntamiento madrileño de septiembre de 2020.

El magistrado explica que, según la ordenanza de movilidad sostenible vigente en el momento de los hechos, la velocidad máxima en las vías de un único carril por sentido queda fijada en 30 kilómetros por horas sin perjuicio de lo establecido en la misma norma para zonas 30, calles residenciales, aparcamientos públicos municipales y vehículos de movilidad urbana.

Añade que, no obstante, podrá mantenerse un límite de velocidad superior en aquellas vías de un único carril por sentido que formen parte de la red básica de transporte público colectivo urbano en las que la limitación prevista pueda suponer perjuicios a este servicio.

El juez relata que en este caso la denuncia se formuló en la calle de Nuestra Señora de Valverde, la antigua carretera de Fuencarral, en la que en algunos de sus tramos no tiene un único carril por sentido.

Agrega que, «por consiguiente, es necesario precisar y acreditar cuál es el límite concreto de velocidad en el punto kilométrico en el que se comete la infracción».

Concluye el juez que procede anular la multa «ante la ausencia de elemento probatorio suficiente que acredite que en ese punto existía esa limitación y que con carácter previo había una señal advirtiendo de la misma».

En un comunicado, Automovilistas Europeos Asociados destaca que «se trata de la primera sentencia que cuestiona las multas impuestas en vías urbanas con los límites genéricos de velocidad de 30 kilómetros por hora sin que existan señales que lo adviertan».

Esta asociación de automovilistas asegura que en los últimos años el Ayuntamiento de Madrid ha sancionado en la misma calle y por el mismo motivo a otros 1.500 conductores, ante lo que anuncia que solicitará al consistorio la realización de una auditoría de la gestión de las multas de circulación.

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