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La justicia belga decidirá el 18 de enero sobre el recurso contra la extradición de Valtònyc

La fiscalía ha impugnado en última instancia la decisión del Tribunal de Apelación de Gant

Imagen del rapero atendiendo los medios

Valtònyc, sobre la opinión del abogado general del TJUE: «Cuando España juega fuera de casa no puede interpretar la ley como quiere»ACN

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El Tribunal de Casación de Bélgica decidirá el próximo 18 de enero sobre el recurso contra la denegación de la extradición del rapero Josep Miquel Arenas, alias Valtònyc. La fiscalía belga ha impugnado la decisión del Tribunal de Apelación de Gant, que el pasado 28 de diciembre rechazó la entrega del joven mallorquín condenado enEspaña por enaltecimiento del terrorismo, injurias a la corona y amenazas. El ministerio belga ve insuficientes los motivos que dio el tribunal. Si Casación desestima el recurso de la fiscalía, la euroorden contra Valtònyc quedará definitivamente rechazada. En cambio, si lo acepta, el caso volverá a manos del Tribunal de Apelación de Gante, que tendrá que revisar la sentencia.

Es decir, una decisión desfavorable para Valtònyc enCasación no significaría la extradición inmediata, sino que se tendría que repetir el juicio.

A la salida de la vista, Valtònyc ha asegurado que el aplazamiento de la decisión es positivo porque «significa que no es un caso simple». Cuatro jueces del Tribunal de Casación han escuchado las partes durante la audiencia, que ha durado unos tres cuartos de hora. «Ahora harán una reflexión y tendrán una respuesta el 18 de enero», ha dicho el mallorquín en declaraciones a los medios.

Fiscalia no tira la toalla

La fiscalía belga considera que el Tribunal de Apelación de Gantno justificó lo suficiente su sentencia, especialmente que los delitos de enaltecimiento del terrorismo e injurias a la corona «no sean punibles según la ley belga». Así, insisten en pedir la extradición en España para estos dos crímenes.

Según ha explicado el abogado de Valtònyc Simon Bekaert, enla vista el fiscal belga ha defendido que el Tribunal de Apelación de Gante tendría que haber «recalificado» los delitos para igualarlos a la legislación belga. En concreto, ha pedido que enaltecimiento del terrorismo se equipare a incitación al terrorismo e injurias a la corona a injurias comunes. «Valtònyc no fue condenado por estos delitos. No se puede reescribir la sentencia», ha replicado Bekaert, recordando que las autoridades belgas no tienen «competencia» para hacer eso.

La decisión de Gant

Con 18 años, el joven mallorquín fue detenido y acusado de enaltecimiento del terrorismo e injurias a la corona por sus canciones. La Audiencia Nacional lo condenó a tres años y medio de prisión por enaltecimiento del terrorismo, injurias a la corona y amenazas, una decisión que después ratificó el Tribunal Supremo. Valtònyc se marchó a Bélgica el 2018 y desde entonces la justicia española reclama su extradición.

El pasado 28 de diciembre el Tribunal de Apelación de Gantrechazó en segunda instancia la entrega en España al considerar que ninguno de los tres delitos es punible en Bélgica.

En el caso de enaltecimiento del terrorismo, la sentencia recuerda que no existe enla legislación belga. De hecho, el tribunal de Apelación de Gantpreguntó al Tribunal de Justicia de la UE si podía aceptar la extradición rápida por este delito, tal como pedían las autoridades españolas. Luxemburgo dijo que no. Por eso, en este punto la sentencia se limita a recordar que esta conducta «no es punible» en Bélgica.

Con relación al delito de injurias a la corona, la sentencia señala que sí que existe una ley belga de insultos al rey, que fecha de 1847 e impone penas de hasta 3 años de prisión. El mismo tribunal, sin embargo, tuvo dudas sobre su aplicación y preguntó al Tribunal Constitucional sobre su legalidad. El TC belga dictaminó que era inconstitucional porque no respeta la libertad de expresión y contraviene el Convenio Europeo de Derechos Humanos.

«La difamación y los insultos ala corona no están castigados por ninguna otra disposición que esta ley en el derecho interno belga», subraya la sentencia a la hora de descartar la extradición por este delito. Y añade: «Los derechos fundamentales de la persona interesada (incluido su derecho a la libertad de expresión) serían vulnerados si fuera entregado sobre la base de la disposición legal mencionada».

Por último, el tribunal de Gantsostiene que las amenazas «verbales» de Valtònyc no imponían ninguna «condición» y que, por lo tanto, tampoco son un delito en Bélgica. «En consecuencia, este tribunal, rechaza la ejecución de los mandatos», concluye la sentencia, confirmando la sentencia en primera instancia de la justicia belga.

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