Judicial
Cuarenta años de prisión por el asesinato de sus dos bebés recién nacidos
La joven, de Elche, tenía 18 años cuando tuvo los hijos que, justo al nacer, puso en una bolsa de plástico tapados con toallas
La Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Alicante ha condenado a 40 años de prisión a una joven por el asesinato de sus dos bebés recién nacidos, justo después de dar a luz en el cuarto de baño de su vivienda de Elche.
La sentencia, que recoge el veredicto de culpabilidad emitido por un jurado popular, ha sido notificada este viernes a las partes y puede ser recurrida en apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV).
Los hechos ocurrieron el 30 de enero de 2020, cuando la acusada, entonces de 18 años, se encerró en el cuarto de baño de su domicilio, que compartía con su madre, su padrastro y su hermano menor, y alumbró, sin solicitar ningún tipo de ayuda, a dos neonatos, según la resolución judicial, facilitada por el TSJCV.
Primero dio a luz a un bebé y, «con la intención de acabar con su vida, o al menos representándose la posibilidad de que esto ocurriera y asumiendo dicho resultado, lo introdujo inmediatamente en una bolsa de plástico», según declara probado el fallo.
Después dio a luz a un segundo bebé que metió en la misma bolsa con el primero. Ambos neonatos fallecieron al no establecerse la función respiratoria, pues también se encontraban tapados con toallas.
La magistrada que presidió este juicio con jurado ha condenado a la madre como autora de dos delitos de asesinato por alevosía, «con la concurrencia de la circunstancia mixta de parentesco como circunstancia agravante de la responsabilidad criminal», a sendas penas de 20 años de prisión.
Según la sentencia, «los facultativos miembros del Servicio de Histopatología del Instituto Nacional de Toxicología declararon que los recién nacidos no presentaban malformaciones congénitas, que tenían un grado de madurez acorde con la edad recogida en el informe de autopsia y sin signos de sufrimiento fetal».
»Por tanto, se considera probado que la acusada al colocar a los recién nacidos dentro de una bolsa y tapados con toallas provocó su fallecimiento», señala.
Entiende el tribunal que «en el proceder de la acusada concurrió un dolo homicida al menos carácter eventual, consecuencia del indiscutible conocimiento que hubo de tener del alto grado de probabilidad de muerte que se derivaba del hecho de que tras dar a luz a sus hijos los metiera en una bolsa y los tapara con toallas».
Señala también que «no concurren en la conducta» de la joven «circunstancias eximentes o atenuantes de la responsabilidad criminal, al haber declarado el Jurado no probado que la acusada padeciera una discapacidad intelectual que le llevara a no conocer las consecuencias de sus actos».
Respecto a la pena a imponer, expone la Audiencia de Alicante, se tiene en cuenta no solo la juventud de la acusada sino también que tuviera que asumir el embarazo y el nacimiento de los bebés sola, sin el apoyo de su pareja que, aunque había convenido con ella continuar con el embarazo, la había abandonado en las semanas previas al parto.
Ello unido a que la familia de la joven «le había advertido con insistencia» de que «era una locura que tuviera un bebé con su novio ya que no tenían forma de mantener una vida independiente», indica la resolución judicial.
»Estas circunstancias deben tenerse en cuenta para establecer la pena de prisión en el mínimo posible de veinte años de prisión por cada asesinato, más inhabilitación absoluta por el tiempo de la condena», señala el fallo.