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La Generalitat recaudó 8,8 MEUR con el impuesto sobre los pisos vacíos en 2020

Esta cantidad se destinó a la compra de viviendas mediante el derecho de tanteo y retracto

Uno de los edificios donde el Ayuntamiento de Girona compra pisos.

La Generalitat recaudó 8,8 MEUR con el impuesto sobre los pisos vacíos en 2020ACN

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La Generalitat recaudó 8.797.665,65 euros con el impuesto sobre los pisos vacíos durante el año 2020, según datos en los cuales ha tenido acceso la ACN. Esta cantidad se ha destinado a la compra de viviendas por tanteo y retracto durante el año pasado. Así, el Departamento de Derechos Sociales destinó 29 MEUR en total a la compra de pisos mediante este método y sumó 339 pisos al parque público. Los 8,797 millones de euros recaudados en el ejercicio del 2020 suponen un ligero descenso respecto de los 8,87 millones de euros del 2019, concretamente del 0,85%. El impuesto sobre las viviendas vacías es un tributo propio de la Generalitat que penaliza los pisos que se encuentran vacíos durante más de dos años sin una causa justificada.

Porlo que hace el número de viviendas a las cuales se les aplicó este gravamen, fue 8.906 durante el 2020, cifra que supone un descenso de 538 si se compara con el 2019.

Fuentes del Departamento de Derechos Sociales apuntan que la recaudación vaya a la baja responde al objetivo de este impuesto ya que implica que cada vez hay menos pisos vacíos en áreas de alta demanda.

El impuesto grava se propietarios de viviendas que lo tienen desocupado permanentemente sin justificar durante más de dos años. Para acreditar que una vivienda está ocupada, el propietario lo puede hacer mediante un título, un arrendamiento o documento que lo certifique. Según establece la Generalitat, los dos años empiezan a contar desde que la vivienda está a disposición del propietario para ser utilizado o alquilada.

Aun así, se tienen en cuenta algunas excepciones como la misma vivienda sea fruto de un litigio para determinar su propiedad, que se haya de rehabilitado o cuandoesté ocupado ilegalmente y el propietario lo pueda demostrar, entre otros supuestos.

Si se trata de un piso de nueva construcción, el plazo es de tres meses desde que se ha hecho entrega del certificado de fina de obra.

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