Diari Més

Sucesos

Seis meses de cárcel a una agente de Cádiz que se quejó del «fétido olor» de su superior

Además, la sanción incluye la suspensión de cargo público durante ese tiempo y el pago de 300 euros al hoy teniente coronel

Imagen de archivo de agentes de la Guardia Civil.

Imagen de archivo de agentes de la Guardia Civil.Guàrdia Civil

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El Tribunal Supremo ha confirmado la condena de seis meses y medio de prisión y el pago de 300 euros impuesta a una agente de la Guardia Civil de Chipiona (Cádiz) por injuriar a un superior contra el que, en un escrito, vertió expresiones como que era «poco aseado» y desprendía un «fétido olor».

El destinatario era un comandante del instituto armado que fue designado como instructor de varios expedientes disciplinarios abiertos a la agente por la supuesta comisión de una falta disciplinaria y a quien ella recusó.

«Cada vez que se ha mostrado como instructor, lo ha hecho de forma descuidada y poco aseada, con mal olor y un cerco de sudor bastante desagradable bajo ambos brazos, manchando así toda la uniformidad de este cuerpo y detrimento de la misma con un fétido olor, siendo bastante desagradable para la pulcra encartada», decía la agente en el escrito objeto de controversia.

Por estas expresiones el tribunal militar territorial segundo de Sevilla la consideró «autora de un delito consumado de insulto a superior en su modalidad de injuriar por escrito» al mando, y la condenó en 2021 a seis meses y medio de prisión, suspensión de cargo público durante ese tiempo y al pago de 300 euros al hoy teniente coronel.

Ahora la Sala de lo Militar del Tribunal Supremo ha confirmado esa sentencia y ha desestimado el recurso de la agente, que invocaba un error en la apreciación de la prueba al no haber contemplado el tribunal la eximente completa de anomalía o alteración psíquica.

Para los magistrados, «resulta palmariamente inviable» el motivo alegado, dado que la defensa ha introducido «una cuestión que permaneció extramuros de la controversia» ante el tribunal que juzgó los hechos, de modo que ahora no puede ser planteada ante el Supremo.

Los hechos se remontan a 2017 cuando la agente, destinada en Chipiona y encargada del área de violencia de género, recibió la orden de bajar el riesgo a una joven que había denunciado amenazas de muerte y agresiones por parte de su pareja, a lo que ella se negó, según las diligencias a las que tuvo acceso Efe.

Este hombre, que fue detenido, también amenazó a la guardia civil y causó daños en su vehículo, por lo que esta pidió a sus superiores la activación del protocolo de protección a agentes de la autoridad, según consta en las alegaciones de su abogado previas al juicio.

A partir de ese momento, la acusada, «en contra de su voluntad», fue citada para ser evaluada por los servicios médicos de la Comandancia que, «pese a su frontal oposición», emitió un parte de baja por estrés laboral.

La agente, agregaba el escrito, sufrió una situación de «acoso y derribo» con la apertura de expedientes disciplinarios por «falta muy grave» por su negativa a reconocimientos médicos, la mayoría archivados.

Decidió recusar al comandante, a quien dirigió un escrito en el que, además de enumerar las causas de recusación, se quejaba de que «por el simple hecho de tratarse de un jefe» nadie le imputase «la falta correspondiente del código disciplinario militar por descuidar el aseo personal y la propia imagen de este honorable Cuerpo de la Guardia Civil».

El comandante, por su parte, alegó «que se sintió atacado en su honor y dignidad» y que al escrito habían tenido acceso «un número indeterminado de personas entre subordinados y jefes de la Comandancia de Cádiz».

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