Política
El Consejo de Garantías Estatutarias avala la ley del catalán pactada por ERC, Junts, PSC y ECP
La petición de dictamen de Vox, Cs y PPC paralizó la aprobación de la norma en el pleno
El Consejo de Garantías Estatutarias (CGE) ha avalado la ley del catalán pactada por ERC, Junts, PSC y comunes. A las conclusiones del dictamen el órgano constata que la norma no vulnera ni la Constitución ni el Estatuto en la omisión del castellano como lengua vehicular en la enseñanza ni tampoco al no establecer porcentajes de catalán y castellano en la escuela, que consideran una decisión «política». De hecho, apuntan que con la nueva ley se da «un uso más amplio» al castellano en la escuela. Vox, Cs y PPC registraron una solicitud para que el CGE se pronunciara sobre la ley. Esta maniobra paralizó la aprobación de la norma a la espera del dictamen. Una vez avalada, la ley se votará este miércoles al pleno.
«Uso más amplio» del castellano
Sobre la acusación de Vox, Cs y PPC por la omisión del castellano como lengua vehicular, el CGE considera que la nueva ley establece «un uso más amplio» del castellano en el sistema educativo en comparación con la Ley de educación de Cataluña y la Ley de política lingüística. En esta línea, señalan que en la nueva norma se recoge «explícitamente» el uso «curricular y educativo» del castellano, hecho que implica «reconocer la posibilidad de que se extienda sobre todo el conjunto de elementos que integran el sistema educativo».
Por lo tanto, según el CGE el hecho de que se declare el castellano de uso curricular y educativo implica que no queda excluido del sistema educativo, mientras que también «se le reconoce un uso que es obvio que va más allá de su utilización sólo en la impartición de esta lengua como materia, asignatura o área». Remarcan que en la ley se prevé un tratamiento lingüístico «global» que tiene en cuenta el conjunto de actividades educativas, y aseguran que la ley «cumple sobradamente» las condiciones del TC en relación al uso de las lenguas oficiales en la enseñanza no universitaria.
Aparte, remarcan que nunca, a excepción del periodo en que la LOMCE estuvo vigente, se ha declarado el castellano como lengua vehicular en la legislación española, y apuntan que por lo tanto «no se puede reprochar que no lo haga la legislación catalana». «Y todavía menos si de la proposición de ley se desprendido que se respeta plenamente el marco constitucional y estatutario», insisten.
También subrayan que la Constitución no establece un derecho de opción lingüística según lo que los padres de los alumnos puedan escoger la lengua de la enseñanza y hacen referencia a varias sentencias del TC en esta línea, y exponen que la sentencia de 1994 establece que «el contenido del deber constitucional del conocimiento del castellano no puede generar un pretendido derecho a recibir la enseñanza única y exclusivamente en castellano».
Los porcentajes, una decisión «política»
El CGE también se pronuncia sobre la cuestión del porcentaje de castellano. Sobre la sentencia del TSJC que obliga a aplicar el 25%, recuerdan que el contenido de las resoluciones de los tribunales ordinarios «no constituye ningún parámetro para valorar la constitucionalidad ni la estatutariedad de las leyes». «La regla del mínimo del 25% de uso vehicular para cada una de las lenguas oficiales no se convierte en parámetro de constitucionalidad ni de estatutariedad que vincule al legislador y que por lo tanto lo obligue a respetarla», apuntan.
Por otra parte, remarcan que este porcentaje no está fijado en ningún artículo de la Constitución. «Es fácilmente constatable que ni la Constitución, ni el Estatuto de autonomía, ni la legislación básica del Estado, ni la legislación catalana, ni tampoco el TC en las múltiples ocasiones en qué ha interpretado todas estas normas han establecido en ningún momento esta regla, y ni siquiera ninguna otra similar por la que se fijen porcentajes concretos de distribución del uso de las lenguas oficiales en la enseñanza», sentencian. En esta línea, aseguran que «difícilmente se puede sostener» que la aplicación del 25% «es una regla que deriva directamente de la Constitución».
El ente argumenta que la decisión de aplicar porcentajes es una opción política educativa «legítima» pero remarcan que no es la única. Por lo tanto, subrayan que es una opción «de naturaleza esencialmente política» que por lo tanto corresponde al legislador. «Entender el contrario conduciría a atribuir a los tribunales una facultad de decisión política que rebasa la función jurisdiccional que les otorga la Constitución», exponen.
Aparte, remarcan que la nueva ley establece un sistema flexible según lo que cada centro concretará el modelo en su proyecto lingüístico en función de las circunstancias propias. Subrayan que esta remisión es posible porque no existe ninguna reserva de ley sobre esta materia. También remarcan que no es «una remisión en blanco» en los proyectos lingüísticos, sino que el Departamento «puede controlarlos para verificar el cumplimiento de la normativa».
Petición de dictamen
Vox, Cs y el PPC registraron una solicitud de dictamen en el CGE para que determinara si la norma contradice la Constitución y el Estatuto. Con este movimiento, la tramitación de la ley se paralizó y no se pudo aprobar al pleno cómo estaba previsto, a la espera del dictamen. El CGE tenía, siete días hábiles para dictaminar sobre la cuestión, plazo que ha agotado. Días después de presentar la solicitud para el dictamen sobre la ley los tres grupos pidieron también que el CGE se pronunciara sobre el decreto aprobado por el Gobierno sobre el catalán, que de momento está pendiente de dictamen.
Una vez avalada a la legalidad de la ley, está previsto que el pleno del Parlament la vote este miércoles. Previsiblemente se aprobará, ya que el PSC, ERC, Junts y comunes suscriben la propuesta, que cerraron después de meses de negociaciones.